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La aplicación de la tarifa plana de 50 euros durante seis meses a la Seguridad Social para los nuevos emprendedores que se acojan al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos comienza a dar problemas de aplicación: una instrucción emitida el pasado 31 de julio por la Subdelegación General de Ordenación e Impugnaciones de la Seguridad Social insta a no aplicar esta bonificación a los autónomos societarios, aunque no tengan trabajadores a su cargo, obligando también a quienes la han disfrutado durante los últimos meses a pagar la diferencia.
Así lo ha denunciado la Asociación Española de Asesores Fiscales y Gestores Tributarios (Asefiget). A través de un comunicado, los asesores fiscales comentan que, dos meses después de la puesta en marcha del sistema de bonificación, la Seguridad Social ha dado un giro a su criterio inicial, que permitía aplicar este beneficio "tanto a los autónomos que se han acogido a la medida porque se dieron de alta en una actividad empresarial, como a los que lo hicieron porque iban a crear una sociedad limitada".
Además, denuncian que la Ley, en ningún momento hace distinción entre el autónomo dado de alta en una actividad empresarial y el autónomo societario, por lo que ambos deberían poder beneficiarse de ella, "como de hecho ha sido hasta ahora".
Se trata de una nueva interpretación de las condiciones reguladas en el Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo.
Un beneficio ampliado
Si en aquel Real Decreto se fijaba la aplicación de este beneficio fiscal sólo a los menores de 30 años, la publicación el pasado 28 de septiembre de la Ley de Apoyo al Emprendedor y su Internacionalización en el Boletín Oficial del Estado (BOE) ha supuesto la eliminación de ese límite de edad, de forma que la tarifa plana llegará a todos los autónomos que presten directamente sus servicios.
Sin embargo, la norma recién publicada guarda silencio en cuanto a los administradores sociales, por lo que no se solventa esta duda en el nuevo texto. Por ello, los asesores fiscales están aconsejando que, como solución legal a los emprendedores que quieran constituir una sociedad de responsabilidad limitada y beneficiarse de la bonificación que, "para esquivar esta nueva sorpresa de la Administración, se den de alta en una actividad, constituyan la empresa y, que en vez de cobrar una nómina, facturen sus servicios a su propia empresa".
Además, desde Asefiget arremeten contra el Gobierno y aseguran que "la explosión legislativa de los últimos meses, aparentemente en pro del emprendimiento, sólo está llenando de piedras su camino".