Programa de Apoyo Empresarial a las Mujeres (PAEM)

Subvenciones para el uso de energías renovables

19/06/2007

IDAPE

  01. Finalidad

Promover el uso de las energías renovables y de biomasa reduciendo, en lo posible, el consumo de combustibles fósiles.

02. Modalidad

Subvención a fondo perdido.

03. Acciones subvencionables. Cuantía

Biomasa. Producción de energía térmica, para uso doméstico o en edificios hasta un máximo del 30% del coste subvencionable.

Instalaciones de obtención y aprovechamiento de biogás obtenido de residuos biodegradables y sus equipos.

Cuantía máxima de subvención: Hasta el 30% del coste subvencionable, con un máximo de 60.000 euros.

Instalaciones destinadas a la producción y distribución de biocombustibles líquidos.

Cuantía máxima de subvención: Hasta el 30% del coste subvencionable, con un máximo de 60.000 euros.

Instalaciones de producción de biocombustibles sólidos densificados (Pellets).

Cuantía máxima de subvención: Hasta el 30% del coste subvencionable, con un máximo de 60.000 euros.

Solar térmica. Aprovechamiento de la energía solar en edificios ya existentes mediante sistemas solares térmicos activos para producción de agua caliente, calefacción, climatización, así como para aplicaciones en procesos productivos industriales, agrícolas, ganaderos, forestales y extractivas. La existencia del edificio se acreditará mediante certificado final de obra.

Cuantía máxima de subvención: Hasta el 37% del coste de referencia de la instalación.

Proyectos innovadores: hasta un 50% más de los costes de referencia definidos anteriormente.

Aprovechamiento de la energía solar en nuevos edificios pertenecientes al sector terciario, mediante soluciones arquitectónicas no convencionales que cumplan los requisitos de captación, almacenamiento y distribución de la energía solar térmica.

Se entiende como soluciones no convencionales a las conocidas habitualmente como medidas de “ arquitectura bioclimática” o “solar pasiva”, como por ejemplo muros trombe, muros parietodinámicos, invernaderos adosados, sistemas de sombreamiento, ventilación natural, etc.

El cálculo del ahorro energético se estimará mediante la comparación del consumo energético del edificio objeto en condiciones iniciales (o las correspondientes a una edificación convencional, en su caso), con el correspondiente a la situación que contemple la citada actuación.

Cuantía máxima de subvención: Hasta el 15% del coste subvencionable para actuaciones en edificios del sector terciario.

Solar fotovoltaica. Conversión de la energía solar en energía eléctrica mediante sistemas solares fotovoltaicos aislados de la red de distribución eléctrica, destinados exclusivamente al autoabastecimiento energético.

Cuantía máxima de subvención: Hasta el 22% del coste de referencia, con un máximo de 45.000 euros, pudiendo incrementarse en función del interés social y divulgativo de la instalación.

Otras fuentes renovables. Producción de energía eléctrica mediante aerogeneradores o turbinas minihidráulicas o microhidráulicas con una potencia máxima de la instalación de 50 KW, destinados al autoabastecimiento energético, sin conexión a red.

Cuantía máxima de subvención: Hasta el 40% del coste subvencionable, con un máximo de 30.000 euros.

Otras aplicaciones en las que la energía eólica sustituya a la energía convencional, como bombeos, molinos, etc.

Cuantía máxima de subvención: Hasta el 40% del coste subvencionable, con un máximo de 30.000 euros.

Sistemas que utilicen la energía geotérmica directamente, o formando parte de una instalación de bomba de calor.

Cuantía máxima de subvención: Hasta el 40% del coste subvencionable, con un máximo de 30.000 euros.

Proyectos de investigación. Proyectos de investigación en instalaciones piloto<

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