Programa de Apoyo Empresarial a las Mujeres (PAEM)

Subvenciones para la modernización del comercio

15/02/2007

IDEPA

  Finalidad

Apoyar las actuaciones de modernización del pequeño y mediano comercio, mediante la incorporación de elementos físicos y/o funcionales que mejoren su potencial de mercado y faciliten una gestión más competitiva.

Modalidad

Subvención a fondo perdido.

Requisitos: La realización de las actuaciones objeto de subvención debe estar comprendida entre el 1 de julio de 2006 y el 30 de junio de 2007. Las inversiones realizadas deben estar finalizadas y ser operativas al término de este plazo.

No obstante, se admitirán justificantes de pago hasta el día 30 de septiembre de 2007, inclusive, siempre que correspondan a pagos de facturas emitidas en el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2006 y el 30 de junio de 2007.

Las ayudas objeto de esta convocatoria se acogen a la consideración de ayudas mínimis, por lo que el importe máximo de la ayuda concedida a cualquier solicitante no podrá exceder de 200.000 euros en un período de tres años, límite que se aplicará con independencia de la firma de la ayuda o del objetivo perseguido.

No se concederá subvención a aquellos solicitantes de la misma que en la fecha de resolución de las subvenciones por parte de la Consejería de Industria y Empleo no se hallen inscritos en el Registro de Empresas y Actividades Comerciales del Principado de Asturias, regulado mediante Decreto 137/2006, de 28 de diciembre (BOPA número 8 de 11 de enero de 2007).

Líneas de ayuda:

Renovación de la imagen del establecimiento comercial, tanto interna como externa en las zonas destinadas exclusivamente a venta y exposición. Quedan excluidas por tanto las oficinas, almacenes y salas de refrigeración, talleres y otros locales dedicados a elaboración o manipulación de productos, aulas, aseos, etc. que no cumplan una función estrictamente comercial.

A tal efecto las facturas justificativas de este tipo de gastos que afecten a más de una zona deberán estar debidamente desglosadas, con el fin de determinar la parte subvencionable de la inversión. En todo caso la inversión mínima de la actuación habrá de superar los 6.000 euros.

Conceptos incluídos:

Obras de albañilería, carpintería y pintura. Puertas y vent ana s. Instalación de suelos y revestimientos en techos y paredes. Remodelación y reforma de la fachada del establecimiento. Instalaciones eléctricas. Estudios y proyectos de reforma y adecuación. Aire acondicionado, calefacción e hilo musical. Mobiliario destinado a la presentación de los productos al cliente: escaparates, mostradores, paneles, estanterías, vitrinas e islas expositoras (incluidas las refrigeradas), tarimas, percheros, etc, siempre que se encuentren en la zona de exposición y venta al público. Rótulos, toldos y marquesinas exteriores.

En ningún caso serán subvencionables:

Permisos, licencias y cuotas de colegios oficiales o cualquier otro tributo o impuesto. Muebles y artículos de exposición y prueba susceptibles de posterior venta al público. Mobiliario y maquinaria destinados a la prestación de servicios que no constituyan actividad comercial. Alarmas y sistemas de seguridad y vigilancia. Importes pagados por adecuación a una determinada imagen de marca, cánones de franquicia, traspasos, o conceptos similares. Incorporación de las nuevas tecnologías de la información a la gestión del establecimiento comercial. Esta línea de actuación incluye la implantación de redes informáticas o modificación y ampliación de las existentes así como la puesta en marcha de equipos de redes de Intranet para utilidades de programas de cooperación entre empresas y/o de asociaciones de comerciantes. El gasto mínimo por estos conceptos habrá de superar los 1.200 euros. Se tendrá en cuenta la adecuación entre los equipamientos informáticos adquiridos y las<

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