Gobierno de La Rioja
Estas ayudas tienen por objeto la concesión de subvenciones para:
a) Las inversiones turísticas realizadas, destinadas a la construcción, rehabilitación, y equipamiento de inmuebles para habilitarlos como casas rurales.
b) Las inversiones realizadas para mejora y ampliación de casas rurales.
El plazo para presentación de solicitudes será de 1 mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Rioja (BOR 7-6-2010).
Estas subvenciones se encuentran reguladas por la Orden 8/2010, de 29 de abril, de la Consejería de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en establecimientos destinados a casas rurales, y la Resolución nº 296/2010, de 19 de mayo, de la Consejera de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial por la que se procede a la convocatoria para el año 2010 de las subvenciones reguladas en las Órdenes de la Consejería de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones en materia turística.
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