Subvenciones Fomento de la Economía Social
26/03/2007
Consejería de Trabajo y Política Social
Subvenciones para Programas de Fomento de la Economía Social 2007
El Borm nº 58; 10/03/2007 publica la
Orden de 28 de febrero de 2007, de la Consejería de Trabajo y Política Social, por la que se regulan las bases y se convocan subvenciones para Programas de Fomento de la Economía Social para el año 2007.
Objeto:
establecer las bases reguladoras de las subvenciones a conceder, en régimen de concurrencia competitiva, por la Consejería de Trabajo y Política Social durante el año 2007, destinadas al fomento de la Economía Social, a través del programa presupuestario 724A Desarrollo de la Economía Social.
Programas de Ayuda
En el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y con objeto de promover y afianzar la Economía Social, a través de las Sociedades Cooperativas y Sociedades Laborales, se podrán conceder subvenciones dentro de los siguientes Programas de Ayuda:
Programa 1.º: Empleo en Cooperativas y Sociedades Laborales. Plazo presentación solicitudes: Del 15 de marzo de 2007 al 30 de junio de 2007
Programa 2.º: Ayuda Adicional al Empleo en Economía Social. Plazo presentación solicitudes: Del 15 de marzo de 2007 al 30 de junio de 2007
Programa 3.º: Reestructuración Financiera. Plazo presentación solicitudes: Del 15 de marzo de 2007 al 30 de junio de 2007
Programa 4.º: Asistencia Técnica en Economía Social. Plazo presentación solicitudes: Del 15 de marzo de 2007 al 30 de junio de 2007
Programa 5.º: Difusión y Fomento de la Economía Social. Plazo presentación solicitudes: Del 15 de marzo de 2007 al 4 de abril de 2007
Programa 6.º: Organizaciones Empresariales de la Economía Social. Plazo presentación solicitudes: Del 15 de marzo de 2007 al 4 de abril de 2007
Programa 7.º: Inversiones en Economía Social. Plazo presentación solicitudes: Del 15 de marzo de 2007 al 30 de junio de 2007
Programa 8.º: Orientación Profesional en Economía Social. Plazo presentación solicitudes: Del 15 de marzo de 2007 al 4 de abril de 2007
Beneficiarios.
1. Podrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas en esta Orden:
a) Las empresas de Economía Social, en los Programas 1º, 2º, 3º, 4º, y 7º.
b) Las Organizaciones Empresariales de Economía Social, en los Programas 3º, 5º, 6º y 8º; y en caso de contratación de Directores, Gerentes o Técnicos en el Programa 1º.
2. Las empresas y entidades solicitantes deberán tener su domicilio social en la Región de Murcia, y las ayudas se concederán para centros de trabajo ubicados en la misma.
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