COCI Cáceres
En el D.O.E. del viernes, 4 de junio se publicó el DECRETO 123/2010, de 28 de mayo, por el que se regula el procedimiento de adhesión voluntaria de empresas al Plan de Reducción Voluntaria de Accidentes de Trabajo (Plan PREVEA Extremadura), y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las empresas adheridas y a los agentes sociales para el desarrollo de dicho Plan, y se procede a la convocatoria única de las mismas.
El objetivo principal del Plan PREVEA Extremadura es la reducción de siniestralidad entre las empresas que presentan los mayores índices en relación con su rama de actividad económica.
Para conseguir este objetivo global, se establecen los siguientes objetivos específicos:
- Conseguir la implicación de empresas de alta repercusión en la siniestralidad laboral de la Comunidad Autónoma de Extremadura en la reducción de sus accidentes, tanto en número como en gravedad, que ayuden a la disminución de la siniestralidad laboral en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Conseguir que la empresa adopte una actitud proactiva, permanente y participativa frente a la reducción de accidentes.
- Proporcionar una herramienta a los actores implicados (empresas, servicios de prevención, mutuas, agentes sociales y administraciones públicas) que les sea útil para incrementar la eficacia en la consecución de la reducción de la siniestralidad laboral.
La cuantía de la ayuda para la confección del programa inicial será del 100% del coste del mismo, con un límite máximo de 500 euros.
La cuantía subvencionada por la confección de cada informe periódico y de cierre será del 100% del coste del mismo, con un límite máximo de 250 euros.
Para las ayudas destinadas a las inversiones realizadas hasta el mes quince desde la adhesión provisional, la Junta de Extremadura financiará el 50% de la inversión realizada, hasta un límite máximo de 4.000 euros.
Para las ayudas destinadas a inversiones realizadas hasta el mes veinticuatro desde la adhesión provisional, la Junta de Extremadura financiará el 50% de la inversión realizada, hasta un límite máximo de 4.000 euros, quedando excluidas de esta financiación las inversiones realizadas hasta el mes quince si se ha concedido con anterioridad subvención por este concepto.
Plazo de presentación:
Ayudas para la confección del programa inicial de actuación: Tres meses a contar desde el día siguiente a la adhesión provisional.
Ayudas para la confección de informes periódicos e informe de cierre: En la misma fecha en la que deba presentarse el informe.
Ayudas para las inversiones realizadas para la reducción de la accidentalidad: Veinte días naturales siguientes al vencimiento de los meses quince y/o veinticuatro, a contar éstos desde el día siguiente a la adhesión provisional.
Para más información puedes acceder a http://sede.juntaex.es/web/portal/tramites-detalle-empresas-consejerias-602/5047