Programa de Apoyo Empresarial a las Mujeres (PAEM)

Salario Mínimo Interprofesional 2006

03/01/2006

AV Asesores

 

El BOE de 31 de diciembre publica el REAL DECRETO 1613/2005, de 30 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2006.

Artículo 1. Cuantía del salario mínimo interprofesional.

El salario mínimo para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado en 18,03 euros/día o 540,90 euros/mes, según que el salario esté fijado por días o por meses.

En el salario mínimo se computan tanto la retribución en dinero como en especie. Este salario se entiende referido a la jornada legal de trabajo en cada actividad, sin incluir en el caso del salario diario la parte proporcional de los domingos y festivos. Si se realizase jornada inferior se percibirá a prorrata.

Para la aplicación en cómputo anual del salario mínimo se tendrán en cuenta las reglas sobre compensación que se establecen en los artículos siguientes.

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