Regulación de la relación laboral especial de los abogados
21/11/2006
www.juridicas.com
El BOE de 18 de noviembre de 2006 publica el Real Decreto 1331/2006, de 17 de noviembre, por el que se regula la relación laboral de carácter especial de los abogados que prestan servicios en despachos de abogados, individuales o colectivos.
La regulación de una relación laboral de carácter especial implica que, para una relación de trabajo en la que concurren las notas definitorias de las relaciones de trabajo por cuenta ajena (voluntariedad, ajenidad, retribución e inclusión en el ámbito de organización y dirección de otra persona que hace suyos los frutos del trabajo) se establezca una regulación específica y diferenciada de la regulación común que recoge el Estatuto de los Trabajadores, entendiendo que en aquélla se dan determinadas peculiaridades que se concilian mal con la regulación de la relación laboral común.
El objeto de la relación laboral especial que se regula en este Real Decreto es la prestación de la actividad profesional de abogado en despachos de abogados, y recoge aspectos como el contrato de trabajo, la organización del trabajo, la jornada y los horarios.
Podéis consultar el texto si os interesa en la página www.boe.es, en el BOE de 18 noviembre.
Volver a Actualidad