Reforma laboral
08/05/2006
Cinco Días
El Gobierno, la patronal y los sindicatos cerraron a última hora de ayer el texto final de la reforma laboral, tras año y medio de negociaciones. Incentivar el empleo estable es el eje de la reforma
El núcleo de esta reforma, que entrará en vigor el 1 de julio, son las siguientes medidas:
Un plan de choque para reducir la temporalidad, que bonificará con 800 euros durante tres años, las conversiones de todos los contratos temporales en indefinidos celebrados antes del 1 de junio de 2006. El plazo para acogerse a estas conversiones bonificadas terminará el 31 de diciembre de 2006.
El nuevo programa de bonificaciones para los contratos indefinidos iniciales establece rebajas de las cotizaciones sociales por valores que oscilarán entre 500 y 3.200 euros, dependiendo del colectivo que se contrate. La mayoría de las bonificaciones tendrán carácter anual y una duración de cuatro años. Podrán beneficiarse de estas ayudas tanto los empresarios como los autónomos.
La contratación indefinida de mujeres, en general, tendrán una bonificación de 850 euros al año. Esta ayuda se elevará a 1.200 euros en el caso de las contratadas en los 24 meses siguientes al parto y a las que lleven cinco años en el paro (si con anterioridad hubieran trabajado al menos tres).
Los contratos a mayores de 45 años contarán con una bonificación de 1.200 euros anuales, en este caso, durante toda la vigencia del contrato. Mientras que los jóvenes contarán con una bonificación de 800 euros al año, durante cuatro años.
Contratar de forma indefinida a otros colectivos de difícil inserción tendrá ayudas que irán desde los 500 euros anuales por cuatro años para las conversiones en fijos de contratos de formativos y de sustitución por jubilación a los 3.200 euros al año, en el caso de las personas con discapacidad severa y 3.000 con discapacidad, durante toda la vigencia del contrato.
Contrato con despido de 33 días. La ley permitirá convertir todos los contratos temporales en indefinidos de fomento del empleo estable (con indemnización por despido de 33 días por año y un máximo de 24 mensualidades) hasta el 31 de diciembre de 2007. Esta conversión era imposible en la actualidad ya que quedó eliminada el 31 de diciembre de 2003.
La reducción de cotizaciones que han pactado el Gobierno y los agentes sociales consistirá en un recorte de 0,25 puntos de la cotización empresarial por desempleo de todos los contratos indefinidos desde el 1 de julio de 2006, pasando del 6% actual al 5,75%; y una rebaja adicional de otros 0,25 puntos desde el 1 de julio de 2008.
Se reduce la cotización por desempleo de los contratos fijos celebrados por las empresas de trabajo temporal del 7,70% actual al 6,70% desde el 1 de julio, con lo que se igualan al resto de los contratos indefinidos. Se reducirá el actual tipo de cotización empresarial al Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) del 0,4% al 0,2% también desde el 1 de julio de este año.
Los límites al encadenamiento de contratos temporales consistirán en que los trabajadores que en un periodo de 30 meses hubieran estado contratados durante un plazo superior a 24 meses, con o sin solución de continuidad, para el mismo puesto de trabajo con la misma empresa, mediante dos o más contratos temporales, sea directamente o a través de una empresas de trabajo temporal, con las mismas o diferentes modalidades contractuales de duración determinada, adquirirán la condición de trabajadores fijos. Esto sólo valdrá para los trabajadores que sean contratados a partir de la entrada en vigor de la reforma y no será de aplicación a los contratos formativos, de relevo e interinidad.
Otras medidas. La reforma incluye otros cambios legales que depuran la responsabilidad empresarial en la prevención de riesgos en las subcontratas; refuerzan los efectivos de la inspección de trabajo y mejoran la prestación por desempleo a los mayores de 45 a
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