Programa de Apoyo Empresarial a las Mujeres (PAEM)

Pymes y autónomos desconocen las exigencias del Sepa y el IVA de caja

31/12/2013

www.elEconomista.es

 

El tejido empresarial español se enfrenta en los próximos días a dos cambios de peso en las normativas que incumben a pymes y autónomos, el nuevo criterio de caja del IVA -que entra en vigor el 1 de enero- y la Zona Única de Pago en Euros (Sepa, por sus siglas en inglés), obligatoria a partir del 1 de febrero. Sólo la mitad de ellos, aproximadamente, están preparados para estos cambios legales, según indica un estudio realizado por la empresa de desarrollo de software Sage.

El documento, realizado a más de 2.000 profesionales, refleja que el 47,9% de las pymes y los autónomos encuestados desconocen las exigencias legales del Sepa y el 51,2% las relacionadas con el criterio de caja del IVA.

Respecto al Sepa, España se adhirió en 2010 a la normativa que unifica en la Unión Europea las condiciones básicas y los derechos y obligaciones de los instrumentos de pago nacionales (transacciones y adeudos) en 33 Estados, que entra en vigor el 1 de febrero.

En octubre, el BCE publicó un informe en el que se alertaba de los riesgos de una adaptación tardía, las pymes suspendían en preparación y la predicción para España era que no llegarán a tiempo.

Las claves del Sepa

Entre los cambios que incluye esta normativa -además de que no existirá límite de importe en las transacciones entre los 28 Estados miembros- los acreedores necesitarán autorización del deudor para poder emitir facturas.

La obtención de un consentimiento para los adeudos a terceros obligará al acreedor a estar suscrito por el deudor antes de iniciar el cobro. De momento, este requisito supone un reto para las pymes debido a su desconocimiento.

Respecto a los plazos de reembolso, la Sepa aumenta el tiempo para efectuar la devolución de los recibos de 54 días a 56 días, siempre que el reembolso esté autorizado. Ahora bien, sin un mandato de por medio que justifique el importe de la factura o en operaciones incorrectas, el periodo llega a los 13 meses. El plazo para que las entidades acepten los cargos o rechacen la devolución es de 10 días hábiles.

Por último, otro de los aspectos que notarán más las pequeñas empresas será el de los datos que se deben incluir según el esquema Sepa. Se deberá especificar en el encabezado que se sigue el modelo de la zona única de pago en euros, además de incluir la referencia única del mandato, que será un código alfanumérico de 35 caracteres.

Asimismo, el Código Internacional de Cuenta Bancaria (IBAN, por sus siglas en inglés) será el identificador único de cualquier cuenta de pago en Sepa a partir del 1 de febrero de 2016, reemplazando a los actuales identificadores de cuenta nacionales (el código cuenta cliente, CCC, en el caso español).

Las entidades bancarias por su parte continuarán identificándose mediante el código internacional (BIC en sus siglas en inglés).

En cuanto a los beneficios, el Banco de España destacó en un comunicado la mayor competencia, eficacia y protección de un sistema unificado y por otra parte, la Zona Única de Pagos en Euros aportará mayor transparencia y facilitará el desarrollo de innovaciones.

Deberes para 2014

En el caso del Régimen especial de IVA con criterio de caja, incluido dentro de Ley de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, su aplicación es inminente, aunque será de carácter voluntaria.

Con este sistema, el empresario no tendrá que pagar el IVA hasta que haya cobrado realmente la factura. A cambio, le impone la obligación de haber pagado a sus proveedores para deducirse el IVA soportado.

Para poder acogerse a este nuevo régimen, la empresa o profesional deberá solicitarlo al presentar la declaración de comienzo de actividad o en el mes anterior al inicio del año natural, modificando sus datos censales en el apartado de régimen de IVA. De esta manera, todos aquellos profesionales que quieran acogerse a esta normativa en el momento en que entre en vigor y estén desarrollando ya su actividad podrán solicitarlo el próximo diciembre.

Por otro lado, muchos autónomos y pymes aún desconocen los requisitos y obligaciones de la medida. La principal barrera son los 2.000.000 millones de euros de facturación anual máxima, que afectará a las grandes empresas.

Otra de las limitaciones que impone Hacienda, para garantizar la estabilidad del sistema según aduce la institución, es un periodo de tres años de prohibición para aquellos sujetos que hayan salido del nuevo sistema y quieran volverlo a adoptar.

Además, el papeleo se incrementará ya que los que se acojan al IVA de caja deberán incluir en el libro registro de facturas expedidas, las fechas de cobro, parcial o total, y la cuenta bancaria o cuenta de abono.

El nuevo criterio de IVA establece, además, excepciones para su aplicación para los regímenes especiales simplificados -de la agricultura, ganadería o pesca- así como los de recargo de equivalencia, del oro de la inversión, aplicable a los servicios prestados por vía electrónica y del grupo de entidades, entre otras.

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