Beneficiarios/as.
Podrán presentarse a las ayudas de la presente convocatoria, aquellas personas que se constituyan en autónomos/as empresas individuales (personas físicas) y micropymes (personas jurídicas) a partir del año 2017, inclusive, y desarrollen su actividad económica en el municipio de Mislata.
Más información:
https://bop.dival.es/bop/drvisapi.dll?MIval=DI_VerEdictoVis&idEdicto=3170721&miIdioma=C