La nueva figura del autónomo dependiente
11/06/2007
Cinco Días
El Congreso debilita la regulación de la nueva figura del autónomo dependiente
La ley pactada ha experimentado varios cambios a su paso por el Congreso, sobre todo en la regulación de la nueva figura del autónomo dependiente (aquel que obtiene, al menos, el 75% de sus ingresos de una sola empresa). Estos cambios debilitan, en parte, la regulación de estos trabajadores.
Así, la ley aprobada no incluyen las cautelas que tenía el texto inicialmente para que los autónomos dependientes no pudieran convertirse en falsos autónomos (aquellos que aunque realizan labores de asalariados, el empresario les obliga a hacerse autónomos para no pagar sus cotizaciones).
En concreto, la ley ha eliminado que los autónomos dependientes deban asumir el riesgo y ventura en el ejercicio de su actividad, que es lo que les diferenciaba de los falsos autónomos.
El sindicato CC OO también se quejó ayer de que el redactado de la ley permite a la empresa de la que dependa el autónomo, organizar su trabajo, con lo que nuevamente, podrán equipararse a los falsos autónomos. Igualmente, se permitirá a los transportistas que sean autónomos aunque no tengan vehículo propio, lo que facilitará la actual tendencia de los empresarios del sector de convertir en falsos autónomos a sus asalariados. CC OO solicita a los grupos parlamentarios que subsanen esta situación en el Senado.
En el capítulo de mejoras que fueron introducidas en la ley hace un par de semanas, están la equiparación de la protección social en materia de maternidad y paternidad de los autónomos con los asalariados; el reconocimiento de 18 días de vacaciones anuales (no remuneradas) a los autónomos dependientes; y cobertura por accidente laboral in itinere (los producidos en el trayecto de casa al trabajo y viceversa). Asimismo, aumentan las ayudas para mujeres y jóvenes autónomos.
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