Microcréditos para emprendedores y emprendedoras
09/06/2006
AV Asesores
Finalidad
El presente convenio, con alcance desde el año 2005 al 2008, tiene por objeto definir los términos de colaboración entre la Consejería de Industria y Empleo a través del el Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias (IDEPA), la Sociedad de Garantía Recíproca ASTURGAR, el Centro Europeo de Empresas e Innovación del Principado de Asturias (CEEI), y las entidades de crédito y/o bancarias adheridas firmado el 24 de octubre de 2005.
Tiene por objeto la creación y puesta en marcha de un mecanismo que facilite, a la microempresas promovidas por las personas emprendedoras que desarrollen su actividad en Asturias, el acceso a la financiaciación de sus proyectos de inversión.
Modalidad
Préstamos a tipo de interés preferente.
Acciones subvencionables. Cuantía
1. Los préstamos que se formalicen al amparo del presente convenio deberán destinarse a financiar:
a) Inmovilizado material (excepto la adquisición de terrenos y edificaciones).
• Reforma y acondicionamiento de locales.
• Bienes de equipo.
• Elementos de transporte, exclusivamente vehículos industriales.
• Honorarios de facultativos, de proyecto y dirección de obra.
• Otras inversiones en activos fijos materiales.
b) Inmovilizado inmaterial: únicamente aplicaciones informáticas, propiedad industrial, propiedad intelectual y cánones de concesiones administrativas o de franquicias.
c) Las aportaciones realizadas a las sociedades de garantía recíproca para dar cumplimiento a las condiciones establecidas en el presente convenio.
d) Activo circulante.
2. Se podrán financiar las inversiones y gastos enumerados en el apartado anterior de esta cláusula, realizados con posterioridad a la presentación de la documentación completa del proyecto en el CEEI. Excepcionalmente, se podrán admitir inversiones realizadas con anterioridad, siempre y cuando, el plazo a contar desde el día en el que se facturaron dichas inversiones hasta el día que se registre la solicitud, no sobrepase los 6 meses.
3. La cuantía solicitada no podrá superar el 75% del total de la inversión a realizar, el porcentaje restante, lo deberá aportar el/la emprendedor/a. Si el proyecto de inversión presentado incluye activo circulante, éste no será superior al 50% de la inversión total a financiar.
CARACTERÍSTICAS DE LA OPERACIÓN DE FINANCIACIÓN
o Importe máximo 30.000 euros.
o Aval de la Sociedad de Garantía Recíproca, Asturgar.
o Sin gastos ni comisiones.
o Plazo de amortización de 3 a 5 años ( incluido hasta un año de carencia).
o Tipo de interés fijo primer semestre: 4%.
o Tipo de interés variable: Euribor a 6 meses + 0,5%. Revisión semestral.
ENTIDADES PRESTAMISTAS
o Caja de Ahorros de Asturias (CAJASTUR).
o Banco Popular Español, S.A.
o Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. (BBVA)
o Banco de Sabadell, S.A. (BANCO HERRERO)
o Santander Central Hispano, S.A.
o Caja Rural de Asturias.
Beneficiarios
Emprendedoras y emprendedoras, o las microempresas, con domicilio social en Asturias, que inicien su actividad o la hayan iniciado en un periodo inferior a un año.
Deberán elaborar un Plan de Empresa (según modelo establecido) y obtener un certificado de validación emitido por el Centro Europeo de Empresas e Innovación (CEEI) Asturias.
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