Programa de Apoyo Empresarial a las Mujeres (PAEM)

Hacienda comienza a realizar las devoluciones rápidas de la renta

22/03/2005

El Mundo

  La Agencia Tributaria comienza a emitir las primeras devoluciones a contribuyentes no obligados a declarar.

Las previsiones son que está semana ya se hayan enviado más de 50.000 devoluciones.

El plazo de solicitud de la Devolución Rápida comenzó el pasado 1 de marzo y acaba el 31 de ese mes. Hasta el pasado 17 de marzo se habían recibido 290.554 peticiones, el 16,6% más que en igual periodo del año pasado.

Pueden pedirla los contribuyentes cuyos rendimientos íntegros del trabajo no superen los 22.000 euros anuales si proceden de un solo pagador o si proceden de varios cuando la suma del segundo y sucesivos no supere los 1.000 euros.

Este límite de rentas del trabajo se reduce a 8.000 euros anuales cuando se tienen varios pagadores y del segundo o sucesivos se perciben más de 1.000 euros, cuando se perciben pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos (salvo las procedentes de los padres por decisión judicial) o cuando el pagador no tiene que retener.

Límites.

Además, los rendimientos íntegros del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidos a retención no pueden superar los 1.600 euros anuales; mientras que los de Letras del Tesoro, rentas inmobiliarias imputadas procedentes de un único inmueble y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o precio tasado no pueden rebasar el límite conjunto de 1.000 euros anuales.

Sin embargo, tienen que presentar declaración del IRPF quienes quieran deducir por inversión en vivienda habitual, cuenta ahorro empresa, doble imposición internacional o aplicar las reducciones por planes de pensiones.

Los contribuyentes sólo tienen que aportar datos personales y familiares y la Agencia Tributaria les calcula si hay derecho a devolución, su importe y se lo ingresa en la cuenta corriente que diga el contribuyente.

En el caso de que tengan que declarar, la Agencia Tributaria les enviará el borrador de Renta o los datos fiscales.

La Agencia Tributaria ha enviado más de un millón de cartas a ciudadanos que el año pasado obtuvieron la Devolución Rápida y a aquellos que, habiendo presentado declaración del IRPF, no estaban obligados a declarar y podían haber solicitado la devolución rápida.

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