El Gobierno emprende la reforma de los autónomos
21/10/2005
Expansión
El Gobierno ha comenzado la reforma de los empresarios/trabajadores autónomos, consciente de la importancia de un sector que reúne a 2,9 millones de personas en España, entre propietarios sin asalariados y quienes tienen hasta cuatro trabajadores. Es un sector que ha ido ganando presencia como consecuencia, en primer lugar, de la evolución de los procesos productivos y del movimiento de personas desde la industria a otros sectores, como los servicios. Y, en segundo lugar, por la fuerza que han adquirido las nuevas formas de relaciones laborales, que tienden hacia una disminución de la plantilla fija y un crecimiento de la subcontratación. Por ejemplo, en la construcción.
Como dice el informe que los expertos en Derecho del Trabajo entregaron ayer al ministro, Jesús Caldera, España es el cuarto país de la Unión Europea por autoempleo, con un 15% de representación entre la fuerza laboral. Sin embargo, su “heterogeneidad, idiosincrasia” y la dificultad de su control administrativo ha hecho que, en muchos aspectos de la política fiscal y, sobre todo, de la protección social, la regulación de este colectivo esté al margen de lo que lo que son los trabajadores por cuenta ajena, el régimen mayoritario de la Seguridad Social.
Así, en el informe y la propuesta articulada del futuro Estatuto de Trabajador Autónomo que entregaron los expertos a Caldera, se recomienda al Gobierno que cree un sistema específico de protección por desempleo para este colectivo social, como un Fondo de Garantía por cese de actividad. Ahora no tienen este derecho a la cobertura del paro, porque los sucesivos Gobiernos han tenido mucho miedo a crear una fuente de fraude importante. El fondo sería financiado por las propias cotizaciones de los trabajadores, con los mismos principios que toda la Seguridad Social: “Contributividad, solidaridad y sostenibilidad financiera”.
Precisamente, en este capítulo de la protección social, los expertos también recomiendan al Gobierno que avance “en derechos y prestaciones” hacia “la convergencia” con la establecida para los asalariados en el Régimen General de la Seguridad Social. Y ello incluiría también a la jubilación anticipada. Entre los trabajadores autónomos hay muchos profesionales liberales, pero también muchos que desempeñan trabajos de especial dureza, como, por ejemplo, en la construcción, el transporte de mercancías, el servicio de taxi, el mar o la limpieza. Una novedad importante del proyecto de Estatuto es la definición y la regulación del llamado trabajador autónomo dependiente.
Ésta es una figura que es una fuente importante de fraude para la Seguridad Social. La razón es que se trata de personas que tiene un régimen de funcionamiento en las empresas igual que un trabajador por cuenta ajena, pero no está en plantilla y, por lo tanto, no cotiza como un asalariado, sino como un autónomo. Es “aquel que presta sus servicios por cuenta propia, que no tiene trabajadores a su servicio y desarrolla su actividad de forma continuada, coordinada y predominantemente para un sólo cliente, del que depende económicamente”. En la protección de estos trabajadores, los expertos piden que el contrato de relación con la empresa regule los tiempos de descanso semanal y anual. Y, en todo caso, el proyecto normativo, que el Gobierno debe estudiar ahora, establece que “se presumirá que se tendrá derecho a una interrupción de su actividad anual de 15 días hábiles”. Importante también es el hecho de que se recomiende que este tipo de trabajador autónomo pueda resolver sus problemas con la empresa por los juzgados de lo Social. Esto reduce los costes para el trabajador y le garantiza que cobrará la deuda con la empresa más rápidamente que por lo Civil. Sobre todo, si se trata de pequeñas cantidades.
El Estatuto también indica que los menores de 16 años y, con escolarización obligatoria, “no podrán trabajar ni como autónomos ni para la familia de f
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