Programa de Apoyo Empresarial a las Mujeres (PAEM)

Las facturas entre autónomos llevarán una retención del 1%

30/11/2006

El Periódico

  A partir de enero, albañiles, fontaneros, carpinteros y otros autónomos ligados a actividades de la construcción deberán practicar una retención del 1% en las facturas que emiten para otros empresarios. La medida, incluida en el proyecto de real decreto de pagos a cuenta que está a punto de publicarse, está dirigida a miles de pequeños empresarios que calculan sus rendimientos para el impuesto de la renta (IRPF) por el sistema de módulos.

El subdirector general del IRPF del ministerio de Economía y Hacienda, Bernardo Vidal, explicó ayer en Barcelona, en una de las sesiones de trabajo de la Jornada dels Economistes 2006, que la norma incluye actividades del grupo cinco del IAE, que engloba a los albañiles, fontaneros, carpinteros, yeseros, instaladores de aire acondicionado, especialistas en revestimientos, cerrajeros o pintores, entre otros.

También integra a los autónomos del grupo tres, como la carpintería metálica y la fabricación de ferretería; los del grupo cuatro, especialmente la fabricación de carpintería y parquet y la industria del mueble y del grupo siete, con los transportistas de mercancías y los servicios de mudanzas. Quedan excluidos los taxistas y el transporte de viajeros.

En la nueva ley del IRPF, aprobada el pasado 2 de noviembre, la retención a los autónomos quedó fijada en el 3%, mientras que en la norma sobre el fraude fiscal --ratificada por el Congreso el mismo día-- el pago a cuenta se estableció en el 1%. Hacienda ha optado finalmente por un gravamen meramente de control, el 1%, que se corregirá también en el texto de la ley del IRPF. La retención en las facturas no tendrá que practicarse si el empresario que ejerza una de las actividades implicadas determina sus rendimientos por el sistema de estimación directa --diferencia entre ingresos y gastos--. En ese caso, deberá comunicárselo al pagador. El pago a cuenta se podrá deducir en el cálculo de los pagos fraccionados correspondientes al periodo impositivo.

El texto sobre pagos a cuenta adapta las retenciones a la reforma del IRPF. De esta forma, los rendimientos del capital, las plusvalías y los alquileres, tendrán una retención del 18%, que será el 20% superior a la actual. El tipo será del 24% para los ingresos procedentes de los derechos de imagen. Los salarios, por su parte, mantendrán el sistema que rige en la actualidad, ligado al nivel de ingresos, pero adaptado a la nueva escala de gravamen, cuyo tipo máximo baja del 45% actual al 43%.

RENTABILIDAD

El representante del ministerio de Economía aseguró que el 85% de los contribuyentes saldrán mejor parados con la nueva tributación del ahorro al tipo fijo del 18%. El director general de Tributos, José Manuel de Bunes, destacó que con la nueva tributación para el capital mobiliario, primará la rentabilidad. "Hoy no hay ninguna entidad que venda los productos por su rentabilidad, que es baja, sino por su fiscalidad", sentenció. Ese es uno de los motivos, dijo, por los que se ha optado por una gravamen único para todo el ahorro, con independencia del instrumento empleado y del periodo de tenencia.

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