ABC
El Ministerio de Economía y Hacienda reducirá los índices o módulos aplicables a las actividades de transporte, para paliar el efecto producido por el precio del gasóleo en el ejercicio 2004 en dichas actividades económicas. La reducción para las actividades del transporte será del 10% de la cuota mínima aplicable en régimen simplificado del IVA para el ejercicio 2004, y del 5% en las cuotas trimestrales de 2005. Asimismo, se incorporan medidas excepcionales, con vigencia en el año 2004 en el IRPF, para paliar el efecto producido por el precio del gasóleo en las actividades agrícolas y ganaderas en 2005.