COCI Cáceres
RESOLUCIÓN de 27 de noviembre de 2008, de la Consejera, por la que se determinan los domingos y festivos en los que los establecimientos comerciales podrán permanecer abiertos al público en el año 2009 en la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la que transcribo el contenido del artículo único:
“Único. Días festivos de apertura autorizada para establecimientos comerciales.
1. En el año 2009 los establecimientos comerciales radicados en Extremadura podrán permanecer abiertos al público ocho (8) domingos y festivos. Estos días corresponderán a las siguientes fechas:
— 4 de enero, 9 de abril, 11 de octubre, 1 de noviembre, 7 de diciembre y 20 de diciembre.
— Otros dos a determinar por las Corporaciones Locales, a su criterio y conveniencia.
2. Las dos fechas a determinar por las Corporaciones Locales deberán ser notificadas a la Dirección General de Comercio de la Consejería de Economía, Comercio e Innovación antes del 31 diciembre de 2008. A falta de notificación serán consideradas como tales las dos fiestas locales determinadas para cada Municipio y que figuren en el Calendario Laboral Oficial de Fiestas para la Comunidad Autónoma durante el año 2009.”