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Más de dos millones y medio de autónomos y pymes pueden elegir voluntariamente acogerse al nuevo régimen de IVA de caja, siempre que lo comuniquen antes del próximo 31 de diciembre. De hacerlo, podrán no pagar el impuesto hasta que se cobre la transacción.
Se trata de una de las principales peticiones que llevaban realizando organizaciones y asociaciones, ya que hasta ahora pymes y autónomos estaban obligados a abonar la tasa en el momento en el que emitían la factura, aunque no hubieran percibido el importe de la misma. En este sentido, el presidente de ATA, Lorenzo Amor, señaló a principios de año que la situación que existía suponía un "saqueo" para el colectivo, ya que el Estado se financiaba "a costa" del trabajo de los autónomos que aún no habían cobrado.
De hecho, en 2012 los autónomos pagaron 976,8 millones de euros en concepto de IVA de facturas no cobradas, según la propia ATA. El año anterior esa suma se había elevado hasta los 1.933 millones.
Así, el Gobierno cubre una de las demandas de autónomos y pymes, aunque las organizaciones consideran que se trata de una medida que llega tarde.
Hacer números
Sin embargo, que exista la posibilidad no quiere decir que las empresas deban lanzarse a adoptar el IVA de caja, sino que es recomendable "hacer números". Así lo defiende María Luisa Ochoa, doctora en Derecho Financiero y Tributario, y asesora fiscal de BCN Consultors. Recomienda "analizar la incidencia del IVA soportado no deducible por proveedores de bienes y servicios y realizar un estudio económico anual de la actividad empresarial".
En este sentido, la experta asegura que las pymes y los autónomos deben estudiar cada uno de los supuestos, e "incluso realizar un sondeo previo entre los proveedores". Y si el cliente es el consumidor final no pasa nada, pero en el caso de que sea otra empresa, especialmente si es una grande, "habrá que preguntarse que criterio van a seguir en la relación con sus proveedores, para evitar una posible discriminación".
Asimismo, aconseja llevar a cabo "un control contable de cobros y pagos de facturas que deberá extremarse con los consiguientes costes de personal para la realización de este servicio, así como las modificaciones de los programas que pueden incrementar los servicios informáticos".
Por último, Ochoa pide analizar "los riesgos colaterales". La experta advierte de las compañías que se acojan al nuevo IVA de caja incluirán en la factura un sello como acogidos al régimen especial del criterio de caja. "Esta identificación va a ser equivalente a una marca de 'no calidad' porque implica que esa factura no será deducible hasta que esté pagada. Esto es posible que provoque un trato discriminatorio hacia las empresas que se acojan al nuevo régimen", advierte Ochoa.
Tres alternativas
Por ello, Ochoa señala tres alternativas para las empresas.
1. Permanecer en el sistema actual
Si tras meditarlo la empresa decide continuar como hasta ahora, deberá seguir declarando todas las facturas independientemente de si las han cobrado o no. Eso sí, deberá adaptar los sistemas informáticos a las obligaciones formales de consignar los proveedores acogidos al criterio de caja, indicando fechas de pagos y entidad bancaria.
2. Acogerse al IVA de caja
En este caso, la empresa debe presentar el formulario antes del 31 de diciembre, y adaptar las facturas al nuevo formato establecido. A sus clientes podrá comunicarselo previamente o esperar a que reciban la primera factura con el 'sello' correspondiente de haberse acogido.
3. Soluciones creativas
"Si la empresa se plantea asumir el nuevo sistema pero quiere paliar las deficiencias de tesorería que produce el régimen general de IVA, puede aplicar un sistema ya existente y sencillo, como es el aplazamiento automático de pago de la deuda tributaria correspondiente a las facturas emitidas no cobradas hasta el 31 de diciembre del año posterior a su emisión", recomienda la experta.