Programa de Apoyo Empresarial a las Mujeres (PAEM)

Ayudas en zonas mineras

14/08/2006

AV Asesores

  Proyectos de inversión empresarial generadores de empleo, que se localicen en los municipios mineros.

Se excluirán, en todo caso, las actividades de: bares, restaurantes, concesionarios de automóviles, comercio minorista, lavanderías, peluquerías, tintorerías, despachos profesionales y consultoría.

Inversión subvencionable:

• Adquisición de terrenos.

• Traídas y acometidas de servicios.

• Urbanización y obras exteriores adecuadas a las necesidades del proyecto.

• Obra civil.

• Bienes de equipo.

• Trabajos de planificación, ingeniería de proyectos y dirección facultativa de los trabajos, en cuantía no superior al 8% de la inversión subvencionable aceptada para las partidas de obra civil, bienes de equipo e instalaciones proyectadas.

• Otras inversiones en activos fijos materiales.

• Activos inmateriales. Se consideran incluidos en este apartado de activos inmateriales los gastos ligados a:

o Patentes

o Licencias de explotación o de conocimientos técnicos patentados.

o Conocimientos técnicos no patentados.

Requisitos exigibles a los proyectos:

• Para empresas privadas o públicas, cooperativas o cualquier otra forma de asociación laboral, la inversión prevista mínima que resulte subvencionable deberá ser de 240.000 euros.

• Si se trata de trabajadores autónomos la inversión prevista mínima que resulte subvencionable deberá ser de 120.000 euros.

• Podrá reducirse las inversiones mínimas exigibles, con carácter excepcional.

Información y tramitación

Ministerio de Industria, Turismo y Comercio Dirección General de Política Energética y Minas Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras Paseo de la Castellana, 160, planta baja y planta 7ª 28071 Madrid Tel.: 91 349 40 00

Web INRECA

Las diferentes Comunidades Autónomas implicadas

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