Programa de Apoyo Empresarial a las Mujeres (PAEM)

Ayudas al sector turístico

02/02/2009

COCI Cáceres

 

En el D.O.E del 29 de enero, se publicó la ORDEN de 20 de enero de 2009 por la que se convocan ayudas al sector turístico, al amparo de lo establecido en el Decreto 245/2008, de 21 de Noviembre, Decreto que acompaño y en el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas al sector turístico.

Objeto.
Constituye el objeto de la presente Orden, la convocatoria de ayudas a balnearios y a las empresas turísticas reguladas en el Decreto 245/2008, de 21 de noviembre (DOE de 27 de noviembre de 2008), especificadas en el artículo 3 de la presente Orden, con sede y ámbito territorial de actuación en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en materia de fomento de calidad para elevar el nivel de las infraestructuras turísticas de nuestra región y la prestación de servicios turísticos con mayor valor añadido.

Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aún careciendo de personalidad
jurídica, puedan llevar a cabo las actuaciones que motivan la concesión de la subvención, sean titulares o propietarios, explotadores directos o no, de balnearios y de las siguientes empresas turísticas en todos sus grupos y categorías:

a) Establecimientos hoteleros: Hoteles, Hostales y Pensiones.
b) Apartamentos Turísticos.
c) Alojamientos Rurales: Casas Rurales, Apartamentos Rurales y Hoteles Rurales.
d) Campamentos Públicos de Turismo.
e) Albergues Turísticos.
f) Agencias de Viajes.
g) Establecimientos de Restauración: Restaurantes, Cafeterías, Catering y Salones de
Banquetes.
h) Empresas de Actividades Turísticas Complementarias.

Actuaciones subvencionables.
Serán subvencionables actuaciones en materia de calidad, accesibilidad y sostenibilidad, actuaciones destinadas a la mejora de la competitividad y prestación de servicios
turísticos de mayor valor añadido, y en el caso de agencias de viajes, actuaciones destinadas al fomento de la comercialización. Serán subvencionables las actuaciones que hayan sido realizadas a partir del primer día de cada año.

Plazo:
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la Orden de convocatoria.

AYUDAS AL SECTOR TURÍSTICO
Unidad Gestora:
D. GRAL. DE TURISMO
CONSEJERÍA DE CULTURA Y TURISMO

Enlace de interés: http://sia.juntaex.es/sab/sabNov.asp?cod=3260

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