Ayudas al sector de la distribución comercial
28/03/2006
AV ASESORES
Ayudas al sector de la distribución comercial para la adquisicion de ordenadores y su conexión a Internet
• Adquisición de ordenadores nuevos y su conexión nueva a Internet mediante Banda Ancha.
• Conexión nueva a Internet mediante Banda Ancha de ordenadores previamente instalados.
Estas actuaciones tienen como finalidad fomentar la implantación de equipos informáticos en los comercios de Cantabria y su acceso y explotación futura de Internet en la gestión de sus negocios.
Beneficiarios
Las pequeñas empresas comerciales y de prestación de servicios cuyo establecimiento, objeto de la inversión, se encuentre radicado en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria, y su actividad principal se encuentre incluida en alguno de los siguientes epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas:
• Agrupación 64: todos los epígrafes. (Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco realizado en establecimientos permanentes).
• Agrupación 65: todos los epígrafes. (Comercio al por menor de productos industriales no alimenticios realizado en establecimientos permanentes).
• Grupo 661: epígrafe 661.3. (Comercio en almacenes populares).
• Grupo 662: todos los epígrafes. (Comercio mixto o integrado al por menor).
• Grupo 691: epígrafes 691.1 (Reparación de artículos eléctricos para el hogar) y 691.9 (Reparación de otros bienes de consumo).
• Grupo 755: epígrafe 755.2 (Servicios prestados al público por las agencias de viajes).
• Grupo 856: todos los epígrafes. (Alquiler de bienes de consumo).
• Grupo 971: todos los epígrafes. (Lavanderías, tintorerías y servicios similares).
• Grupo 972: todos los epígrafes. (Salones de peluquería e institutos de belleza).
• Grupo 973: epígrafes 973.1 (Servicios fotográficos) y 973.3 (Servicios de copias de documentos con máquinas fotocopiadoras).
• Grupo 975: todos los epígrafes. (Servicios de enmarcación).
Actuaciones subvencionables
Serán subvencionables las adquisiciones e instalaciones de ordenadores o equipos informáticos de sobremesa nuevos y su conexión nueva a Internet mediante Banda Ancha, así como las conexiones nuevas a Internet mediante Banda Ancha de ordenadores previamente instalados en el establecimiento comercial. En ambos casos, la contratación de esta conexión a Internet será como mínimo por un año.
Los ordenadores o equipos informáticos así como la conexión a Internet deberán reunir las siguientes características mínimas:
EQUIPO SOBREMESA:
• Cualquiera de los procesadores homologados para las plataformas PC o MAC con una velocidad igual o superior a 2,4 GHz. (PC) o a 1 GHz. (MAC).
• Memoria: 512 MB
• Disco duro: 40 GB
• Lector DVD-ROM
• Tarjeta de vídeo: 64 MB
• Sistema operativo: original WINDOWS/LINUX/MC OS
• Antivirus original instalado con las bases virales actualizables automáticamente a través de Internet al menos durante un año.
BANDA ANCHA:
• Acceso a Internet con conexión permanente (tarifa plana 24 horas) a una velocidad de transmisión no inferior a 128 kbps. en sentido descendente.
En todo caso los equipos deberán estar instalados en la sala de ventas o zonas comunes del establecimiento donde se desarrolla la actividad comercial o la prestación del servicio.
Cuantía de las ayudas
• Quinientos euros para la adquisición del nuevo equipo informático y su cuota de conexión a Internet durante un año.
• Ciento cincuenta euros para sufragar el importe de la cuota correspondiente a un año por la nueva conexión de equipos previamente instalados.
El plazo de presentación de solicitudes concluirá el día 31 de mayo de 2006.
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