Ayudas para pymes turísticas
15/03/2006
AV ASESORES
Las ayudas tienen por objeto fomentar acciones de renovación en los establecimientos turísticos radicados en el Principado de Asturias a fin de mejorar el nivel de servicio y calidad en los equipamientos para mayor satisfacción del cliente.
Beneficiarios
Pequeñas y medianas empresas turísticas radicadas en Asturias cuya actividad esté encuadrada en el ámbito de actuación a que se refiere el objeto de la presente convocatoria, teniendo a estos efectos la consideración de empresarios, tal y como los define el art. 3, apartado d), de la Ley 7/2001, de 22 de junio, de Turismo, las personas físicas o jurídicas que, de manera habitual y con ánimo de lucro, realicen una actividad cuyo objeto sea la prestación de alguno de los servicios turísticos, y ostenten la oportuna autorización por parte de la Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo, a la fecha de publicación de esta convocatoria y se mantengan hasta el momento de su abono.
No se considerarán beneficiarios, a efectos de esta convocatoria, aquellos establecimientos meramente inscritos en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas sin ostentar la preceptiva autorización.
Acciones subvencionables
Actividades o conceptos realizados desde el 1 de julio de 2005 hasta el día 30 de junio de 2006:
La inversiones nuevas que mejoren la calidad del producto entendiendo por tales aquellas encaminadas a la obtención de marcas y sistemas de calidad reconocidas (Q, ISO, EFQM), así como la implantación de sistemas de gestión, medioambiental y de prevención de riesgos laborales.
Inversiones destinadas a la mejora de la calidad del establecimiento mediante la incorporación de servicios complementarios para el cliente.
Inversiones destinadas a la realización de obras tendentes al aumento de la calificación en la categoría del establecimiento.
Inversiones para la realización de obras destinadas a la renovación general del establecimiento. En este último supuesto la inversión deberá superar los 18.000 euros y el establecimiento contar con una antigüedad mínima de 3 años, en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Dirección General de Turismo.
Inversiones destinadas a la comercialización de productos turísticos de alto interés específico y especialmente los destinados al mercado internacional (quedando excluidos de este apartado los gastos de publicidad y merchandising de cada establecimiento).
Inversiones realizadas por las agencias de viaje y destinadas a la prestación de programas turísticos de receptivo en Asturias.
Inversiones destinadas a la supresión de barreras arquitectónicas.
Actuaciones encaminadas a la adaptación de los establecimientos a la reglamentación de desarrollo de la Ley de Turismo.
Cuantía de las ayudas
La cuantía de las subvenciones será variable, se determinará para cada caso teniendo en cuenta las disponibilidades presupuestarias y los criterios de adjudicación, pero no podrá exceder del 50% del coste total del proyecto. Asimismo, ningún beneficiario podrá obtener por estos conceptos una subvención superior a cien mil euros (100.000 euros).
El plazo de presentación de solicitudes finaliza el día 1 de julio de 2006
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