Ayudas para Pymes Turísticas 2005
22/04/2005
AV ASESORES, AIE
Os recordamos que está abierta la convocatoria para Pymes Turísticas radicadas en Asturias para el año 2005.
El objeto de estas ayudas es la renovación de los establecimientos turísticos. Las acciones subvencionables son las siguientes:
- Mejorar la calidad del producto, entendiendo por eso las subvenciones encaminadas a la obtención de marcas y sistemas de calidad reconocidas (Q, ISO, EFQM), así como la implantación de sistemas de gestión medioambiental y de prevención de riesgos laborales.
- Mejora de la calidad del establecimiento mediante la incorporación de servicios complementarios para el cliente.
- Realizar obras para aumentar la calificación en la categoría del establecimiento.
- Realizar obras para la renovación general del establecimiento.
- Comercialización de productos turísticos de alto interés específico, especialmente los destinados al mercado internacional (excepto los gastos de publicidad y merchandising de cada establecimiento).
En todas las actividades subvencionables deberá figurar en lugar visible la imagen corporativa del Turismo del Principado de Asturias y la del Gobierno del Principado.
No se considerarán subvencionables la compra de terrenos o inmuebles, el leasing u otras formas de arrendamiento financiero, ni el IVA ni otros tributos; ni la suscripción de seguros, ni las cuotas de inscripción o mantenimiento en asociaciones o empresas, gastos derivados del pago de honorarios a colegios profesionales, ni ningún otro gasto corriente que pueda derivarse del habitual funcionamiento de un establecimiento y que no redunde clara y directamente en un beneficio directo hacia el cliente; tampoco las inversiones de aperturas y/o ampliaciones ni todo lo que pueda considerarse como gastos generales de mantenimiento y conservación de los establecimientos.
Son requisitos que las inversiones o actuaciones hayan sido o sean realizadas y pagadas entre 01/07/04 y 30/06/05 y un compromiso expreso de mantener la actividad del establecimiento, salvo caso de fuerza mayor, por un periodo de, al menos 5 años, contados a partir de la fecha concesión subvención.
La cuantía será de hasta el 50% de la inversión incentivable con un máximo de 100.000 € y el plazo de solicitud finaliza el 1/07/05.
Podéis encontrar información detallada sobre estas subvenciones en la siguiente dirección de Internet:
http://www.princast.es/servlet/page?_pageid=266&_dad=portal301&_schema=PORTAL30&pk_fichas=23218
Si deseas más información -->
info@e-empresarias.net
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