Programa de Apoyo Empresarial a las Mujeres (PAEM)

Ayudas a las pymes realización de actividades de I+D

24/09/2007

Pymes on line

  Las ayudas tienen por objeto facilitar a las Pymes de Castilla y León el acceso a las deducciones fiscales, previstas en la legislación vigente, por la realización de actividades investigación y desarrollo e innovación tecnológica.

Beneficiarios

PYMEs que desarrollen su actividad en Castilla y León y que hayan sido beneficiarias de ayudas con posterioridad al 1 de enero de 1997 en el marco de alguna de las convocatorias anuales de apoyo a la realización de proyectos de I+D de la ADE. Quedan excluidas de estos incentivos las actividades de pesca y acuicultura, reguladas por el Reglamento (CE) nº. 104/2000 del Consejo, y las actividades relacionadas con la producción primaria (agricultura) de productos agrícolas; fabricación y comercialización de productos de imitación o sustitución de la leche y los productos lácteos y las relacionadas con la exportación.

Inversiones subvencionables

• Informes motivados acerca del contenido en I+D e IT de las actividades, y los gastos e inversiones asociados a las mismas.

• Consultas vinculantes acerca de la naturaleza de I+D e IT de los proyectos.

• Acuerdos previos de valoración de los gastos imputables a actividades de I+D e IT.

Cuantía de la ayuda

Subvención a fondo perdido, con una intensidad bruta máxima de ayuda del 50% del gasto subvencionable aprobado, y con un límite máximo de 3.500 euros de subvención por cada concepto subvencionable.

Gastos subvencionables

Los gastos externos de consultoría necesarios para preparar la solicitud, a la Administración Tributaria, del acuerdo previo de valoración de los gastos imputables a actividades de I+D e IT. Los gastos externos de consultoría necesarios para preparar la solicitud, a la Administración Tributaria, de consultas vinculantes acerca de la naturaleza de I+D e IT de los proyectos.

Los gastos externos de consultoría necesarios para preparar la solicitud al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio u organismos adscritos, del informe motivado acerca del contenido en I+D e IT de las actividades, y los gastos e inversiones asociados a las mismas.

Los gastos externos de consultoría de una entidad debidamente acreditada por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) para la realización del informe técnico de calificación de las actividades e identificación de los gastos e inversiones asociados a I+D e IT. Dicho informe de certificación deberá de realizarse conforme a lo establecido en el Real Decreto 1432/2003, modificado por el RD 2/2007. Este gasto no será subvencionable en aquellos casos en que no sea necesario para la emisión del informe motivado.

Los gastos externos de consultoría necesarios para preparar la solicitud del informe técnico de calificación al que hace referencia el apartado anterior, siendo incompatible con el tipificado en el punto tercero.

MÁS INFORMACIÓN

Resolución 3 mayo 2007

BOC-L 11-5-2007

Plazo de presentación de solicitudes: 28 diciembre 2007

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