Programa de Apoyo Empresarial a las Mujeres (PAEM)

Ayudas a pymes comerciales

12/03/2009

A\V Asesores

 

La Dirección General de Comercio de la Consejería de Economía de la Comunidad de Madrid contempla cada año ayudas específicas para incentivar al sector del comercio.


Para este año se convocan mediante la Orden de 25 de febrero, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se modifica la Orden de 3756/2007, de 29 de noviembre, por la que se regulan las ayudas a pymes comerciales para la modernización e innovación del sector comercial y se realiza la convocatoria para el 2.009 (BOCM nº 55 de 6 de marzo de 2.009).

El plazo de presentación de las solicitudes comenzó el pasado 7 de marzo y finaliza el 6 de Abril de 2.009.

Podrán ser beneficiarias las pequeñas y medianas empresas que cumplan estos requisitos:

§ Desarrollen su actividad y realicen la inversión en establecimientos ubicados en áreas comerciales o centros comerciales abiertos, ejes comerciales y centros comerciales de la Comunidad de Madrid o mercadillos ambulantes autorizados por los respectivos Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid.

§ Su actividad comercial quede incluida dentro de las agrupaciones en el Impuesto de Actividades Económicas que se detallan en el Anexo I de la presente Orden. También podrá ser subvencionada cualquier otra actividad siempre que esté integrada en la oferta comercial del mercado o galería, así como en el supuesto de Pymes cuyo objeto sea de personas con discapacidad.

Las acciones e inversiones subvencionables serán:

§ La realización de obras o reformas que supongan una nueva implantación o una transformación completa del establecimiento, para su modernización, ampliación o para acometer la incorporación de un nuevo sistema de venta o para promover la accesibilidad o supresión de barreras arquitectónicas; la adquisición, instalación y montaje de equipamiento comercial específico y de los bienes muebles especializados necesarios para los procesos de elaboración, la exposición de productos y el ejercicio de la venta, así como aquellos necesario para el ahorro energético

§ La adquisición, instalación y montaje de equipamiento informático y/o tecnológico específico para la gestión empresarial, incluida la inversión en programas y la formación de usuarios.

§ La adquisición de equipamiento específico para garantizar la seguridad de los establecimientos.

Serán subvencionables, conforme a lo dispuesto en el punto anterior, las inversiones que tengan un coste de, al menos, 15.000 €.

Las ayudas consistirán en subvenciones directa de hasta el 40 por 100 de los presupuestos aceptados; y cuando se realicen inversiones en equipamientos destinados a garantizar la seguridad de los establecimientos, el límite máximo de subvención se elevará al 70 por 100 del presupuesto aceptado. En ambos casos, se entiende excluido IVA y el límite máximo es de 30.000 euros.

Para más información, puedes contactar con la Dirección General de Comercio, cuyos datos de contacto son los siguientes:

C/ Príncipe de Vergara, 132 – Madrid –

Teléfono.: 91 580 22 58/ 91 580 98 21

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