Ayudas ocupación autónoma
06/07/2005
Barcelona Activa
Los beneficiarios de esta ayuda son todos aquellos que se hayan constituido como empresarios individuales o miembros de sociedades civiles y que hayan pedido un préstamo para crear su empresa.
Los emprendedores interesados en solicitar esta ayuda deben cumplir los siguientes requisitos mínimos:
-Haberse constituido como empresario individual o miembro de societat civil privada.
-El alta censal en la delegación de Hacienda (fecha de constitución-activación) debe estar comprendida entre el 1 de julio de 2004 y el 30 de junio de 2005.
-Haber estado inscrito en la Oficina de Treball de la Generalitat antes del alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
-Tener un préstamo concedido en el momento de realizar la solicitud y/o haber capitalizado parte del paro en la modalidad de pago único.
Las líneas de ayudas principales son:
- Una Subvención Financera, que permite disfrutar de un retorno de hasta 3 puntos de los intereses de un préstamo destinado a inversiones. Estas inversiones hay que justificarlas con factura con un límite de 5.108 euros.
- Una Renta de Subsistencia de hasta 3.005 euros. Para poder cobrar este dinero hay que pedir primero la Subvención Financiera o haber capitalizado parte del paro en la modalidad de pago único. Las personas con 25 años o más deben acreditar 1 año de antigüedad continuada en el paro antes del inicio de la actividad.
El plazo y lugar de presentación es hasta el 31 de julio de 2005 en la calle Albareda 2-4 de Barcelona.
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