Programa de Apoyo Empresarial a las Mujeres (PAEM)

Ayudas para la línea ICO-Pyme 2006

20/03/2006

AV ASESORES

  El BOA del 17/03/06 regula las bases del procedimiento de concesión de ayudas para la implantación de nuevas actividades industriales, de servicios industriales, comercio al por mayor o menor, transportes y servicios. Así como para la ampliación o modernización de las ya existentes.

Las inversiones deberán ser financiadas y ajustarse a las condiciones establecidas por el ICO dentro de la Línea ICOPYME 2006.

Beneficiarios

Podrán acogerse a estas ayudas las microempresas y pymes industriales, de comercio al por mayor y menor, transportes y servicios, existentes o de nueva creación, cuyas inversiones se realicen en centros productivos ubicados en Aragón o que siendo empresas aragonesas y teniendo un centro en Aragón, amplíen su negocio en otras Comunidades Autónomas, preferentemente mediante franquicias.

Se subvencionarán los intereses de las operaciones de crédito (préstamo y leasing) que concedan las entidades financieras que tengan suscrito convenio con el Instituto de Crédito Oficial para la Línea ICO -PYME 2006.

Características.

Las subvenciones reducirán el principal de la deuda y serán abonadas a las entidades financieras.

La empresa podrá optar entre un tipo de interés fijo, según referencia ICO más 0,50 puntos porcentuales o a un tipo variable, referenciado al euribor a seis meses más 0,50 puntos porcentuales.

La entidad financiera no podrá aplicar ningún tipo de comisiones.

Las condiciones de los créditos (préstamos y leasing) son:

3 años, sin carencia.

5 años con 0 o 1 de carencia.

7 años con 0 o 2 de carencia.

10 años, sin carencia, exclusivamente para el componente inmobiliario de la inversión.

En ningún caso, la cuantía de la financiación no podrá superar 1,5 millones de euros por beneficiario y año, ya sea en una o en varias operaciones de préstamo y/leasing.

El importe de la financiación será de hasta el 80% del proyecto de inversión para las microempresas y el 70% para las pymes. En ambos casos se excluye el I.V.A. o cualquier otro impuesto.

Las inversiones financiables serán activos fijos nuevos, con las limitaciones establecidas para activos inmobiliarios y activos inmateriales «no tecnológicos».

La ayuda consiste en una bonificación del tipo de interés de hasta 0,50 puntos porcentuales, durante los cinco primeros años de vida de la operación de crédito, del tipo de interés de las operaciones adscritas a la Línea ICO-PYME 2006

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