Ayudas para la línea ICO-Pyme 2006
20/03/2006
AV ASESORES
El BOA del 17/03/06 regula las bases del procedimiento
de concesión de ayudas para la implantación de nuevas actividades industriales, de servicios industriales, comercio al por
mayor o menor, transportes y servicios. Así como para la
ampliación o modernización de las ya existentes.
Las inversiones deberán ser financiadas y ajustarse a las
condiciones establecidas por el ICO dentro de la Línea ICOPYME
2006.
Beneficiarios
Podrán acogerse a estas ayudas las microempresas y
pymes industriales, de comercio al por mayor y menor, transportes
y servicios, existentes o de nueva creación, cuyas
inversiones se realicen en centros productivos ubicados en
Aragón o que siendo empresas aragonesas y teniendo un
centro en Aragón, amplíen su negocio en otras Comunidades
Autónomas, preferentemente mediante franquicias.
Se subvencionarán los intereses de las operaciones de crédito
(préstamo y leasing) que concedan las entidades financieras
que tengan suscrito convenio con el Instituto de Crédito
Oficial para la Línea ICO -PYME 2006.
Características.
Las subvenciones reducirán el principal de la deuda y serán
abonadas a las entidades financieras.
La empresa podrá optar entre un tipo de interés fijo, según
referencia ICO más 0,50 puntos porcentuales o a un tipo
variable, referenciado al euribor a seis meses más 0,50 puntos
porcentuales.
La entidad financiera no podrá aplicar ningún tipo de
comisiones.
Las condiciones de los créditos (préstamos y leasing) son:
3 años, sin carencia.
5 años con 0 o 1 de carencia.
7 años con 0 o 2 de carencia.
10 años, sin carencia, exclusivamente para el componente
inmobiliario de la inversión.
En ningún caso, la cuantía de la financiación no podrá
superar 1,5 millones de euros por beneficiario y año, ya sea en
una o en varias operaciones de préstamo y/leasing.
El importe de la financiación será de hasta el 80% del
proyecto de inversión para las microempresas y el 70% para
las pymes. En ambos casos se excluye el I.V.A. o cualquier
otro impuesto.
Las inversiones financiables serán activos fijos nuevos, con
las limitaciones establecidas para activos inmobiliarios y
activos inmateriales «no tecnológicos».
La ayuda consiste en una bonificación del tipo de interés de
hasta 0,50 puntos porcentuales, durante los cinco primeros
años de vida de la operación de crédito, del tipo de interés de
las operaciones adscritas a la Línea ICO-PYME 2006
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