Ayudas jóvenes empresarios
31/01/2007
Expansión.
Jóvenes empresarios generadores de empleo
Ayudas a pymes y autónomos creados en 2006 y 2007 por menores de 30 años para fomentar la creación de empleo para jóvenes, hasta el próximo 28 de febrero.
Los beneficiarios serán las pymes y autónomos de la Comunidad de Madrid, y el plazo de presentación de solicitudes estará abierto hasta el proximo 28 de febrero de 2007.
Los requisistos para poder solicitar estas ayudas es que el 100% del capital social de los socios de las pymes y autónomos esté en manos de menores de 30 años y que hayan sido constituidas entre el 1 de febrero de 2006 y el 28 de febrero de 2007.
Además, el 50% de los socios tiene que estar vinculado laboralmente a la empresa de forma indefinida y a jornada completa.
Otra de las obligaciones por parte de las pymes es estar al corriente de pagos con Hacienda y con la Seguridad Social y cumplir con los requisitos de para ser considerada una pyme.
Esto implica emplear a menos de 250 personas; tener un volumen de negocios anual que no exceda de 50.000.000 de euros o un balance general anual no superior a 43.000.000 de euros.
Asimismo, no han de estar vinculadas o participadas en una cantidad igual o superior al 25% por otras empresas cuyo balance general anual exceda de 43.000.000 de euros.
Los promotores deben tener la condición de desempleados dentro del mes natural inmediatamente anterior al alta en la Seguridad Social.
Los empleados, por su parte, deben tener la condición de desempleados, como mínimo, el mismo día del alta en la Seguridad Social.
La cuantía de la ayuda será de 5.000 euros por cada contrato indefinido a jornada completa.
La cuantía se incrementará en 1.000 euros adicionales si el trabajador cuyo contrato se subvenciona no ha trabajado más de 90 días, lleva al menos 365 días inscrito en el INEM o es menor de 25 años.
También se incrementa en 2.000 euros en caso de ser minusválido o preceptor de la Renta Mínima de Inserción.
Los criterios de la concesión se hará en función de un concurso, cuya puntuación dependerá del número y tipo de trabajadores subvencionables.
En el caso de que se haya producido alguna baja de contrato, hay un periodo de un mes para la sustitución de dicho puesto.
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