Programa de Apoyo Empresarial a las Mujeres (PAEM)

Ayudas para inversiones que generen empleo

28/09/2007

AV Asesores

  Ayudas para inversiones que generen empleo en el medio rural de la provincia de Palencia

Las ayudas tienen por objeto facilitar la puesta en marcha o ampliación de actividades empresariales en el medio rural de la provincia de Palencia, con la finalidad de dinamizar la economía mediante el desarrollo de un tejido empresarial local y la generación de puestos de trabajo estables, tanto directos como indirectos.

Beneficiarios

Las personas físicas o jurídicas y las comunidades de bienes, que vayan a desarrollar proyectos de inversión mediante la constitución de pequeñas empresas, en el medio rural de la provincia de Palencia.

Actividades subvencionables

Podrán ser subvencionadas todas aquellas actividades económicas que cumplan con el objeto de la presente convocatoria: inversión en el medio rural y creación de empleo estable, además de los siguientes requisitos específicos:

1. Proyectos de creación de nuevos establecimientos, cuya fecha de comienzo de la inversión se haya efectuado con posterioridad al 19 de junio de 2006 (fecha de finalización de la convocatoria 2006) y que cumplan el plazo de justificación.

2. Proyectos de ampliación de actividades ya iniciadas, y cuya inversión se realice con fecha posterior al 19 de junio de 2006. Cuantía de la ayuda

• Para los gastos de Notaría y Registro

• Para los gastos ocasionados por honorarios técnicos (redacción de proyectos y dirección de obra), realización de obra, bien sea de nueva ejecución o de acondicionamiento y rehabilitación de edificios ya existentes.

• Para la adquisición de activos fijos nuevos, no admitiéndose como tales:

o Las inversiones que se efectúen mediante la fórmula de arrendamiento financiero (leasing).

o La adquisición de terrenos ni edificaciones.

o La adquisición de vehículos que no sean necesarios para el desarrollo de la actividad.

En ningún caso se incluirá entre los conceptos de inversión subvencionables el I.V.A. soportado deducible.

Se considera gasto subvencionable el que se encuentre realizado, independientemente de que esté o no pagado.

MÁS INFORMACIÓN

B.O.P.Palencia 103/07, 27 agosto

Plazo de presentación de solicitudes: 24 de Octubre de 2007

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