Ayudas inversiones empresariales pymes
20/06/2007
Pymes on line
Ayudas en forma de bonificación de intereses de préstamos y contratos de arrendamiento financiero destinadas a financiar inversiones empresariales realizadas por pequeñas y medianas empresas.
La finalidad de la presente línea de ayudas es facilitar a las pymes el acceso a préstamos bancarios y arrendamientos financieros, paliando así la problemática financiera con la que se encuentra este tipo de empresas y mejorando su entorno financiero. Su importancia radica en que las dificultades con las que las pymes se encuentran a la hora de buscar formas de financiación suponen un freno al crecimiento económico y empresarial de gran importancia para la economía en general si tenemos en cuenta que las pymes constituyen el núcleo principal del tejido empresarial español.
Con la presente convocatoria se permitirá sostener y promover aquellas actividades económicas que contribuyan al crecimiento y mejora de la distribución de la riqueza nacional y asegurar la permanencia en el mercado de las pymes así como su adaptación a los cambios tecnológicos producidos en el entorno económico.
Cuantía de las ayudas
Con carácter general, la inversión subvencionable deberá ser superior a 60.000 euros, sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados siguientes.
Para aquellos beneficiarios cuya actividad esté encuadrada en el epígrafe G 52 (Comercio al por menor, excepto el comercio de vehículos de motor, motocicletas y ciclomotores; reparación de efectos personales y enseres domésticos) del CNAE (Real Decreto 1560/1992, de 18 de diciembre), la inversión subvencionable deberá ser superior a 30.000 euros.
La inversión mínima subvencionable en aquellos proyectos de inversión realizados únicamente con la finalidad de implantar tecnologías de la información y la comunicación en los procesos productivos será de 30.000 euros.
La inversión mínima subvencionable en aquellos proyectos de inversión llevados a cabo por nuevas empresas se reduce a 8.000 euros.
El importe del préstamo no será superior al 75% de la inversión total subvencionable, salvo en los proyectos de inversión realizados únicamente con la finalidad de implantar tecnologías de la información y en proyectos de inversión llevados a cabo por nuevas empresa, en los que dicho préstamo no será superior al 90% de la inversión total subvencionable.
Así mismo, el importe del préstamo no podrá superar los 600.000 euros, salvo en aquellos proyectos que por su especial relevancia o repercusión en La Rioja, sean considerados de especial interés por la Agencia.
La inversión subvencionable podrá ser financiada mediante Leasing cuando el objeto del contrato de arrendamiento financiero sea la adquisición de activos fijos nuevos, excepto bienes inmuebles, y siempre que por el solicitante se acredite el compromiso de ejercitar la opción de compra. En tal caso, se computará como inversión subvencionable el precio de adquisición para la empresa arrendadora excluyendo del mismo cualquier tipo de cargas e impuestos.
Inversiones subvencionables
El objetivo de la presente línea de ayudas es fomentar la inversión de las pequeñas y medianas empresas en activos fijos nuevos mediante la bonificación de tipos de interés en préstamos y arrendamientos financieros destinados a financiar dichas inversiones. Se tratará de préstamos y contratos de arrendamiento financiero suscritos con entidades financieras con las que la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja haya formalizado el correspondiente Convenio. Los préstamos o contratos de arrendamiento financiero deberán ser formalizados en el año 2007.
También serán subvencionables aquellos proyectos de inversión cuyos préstamos o contratos de arrendamiento financiero, habiendo sido firmados con entidades financieras con las que la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja ha firmado convenio, obtengan un aval financiero de una sociedad d
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