Programa de Apoyo Empresarial a las Mujeres (PAEM)

Ayudas para el fomento de la artesanía

21/06/2006

AV Asesores

  Ayudas para el fomento de la artesanía catalana

Las ayudas tienen por objeto el apoyo a las actuaciones de las asociaciones y de las empresas artesanas de Cataluña.

Actividades subvencionables

Podrán subvencionarse las actividades de promoción, formación y divulgación, ya sean ejecutadas para la propia empresa o por una entidad o asociación y, especialmente, las relativas a:

a) Actividades que tengan por objeto la promoción y comercialización, estatal e internacional, de productos artesanos de Cataluña.

b) Actividades que tengan por objeto el fomento y la difusión del patrimonio de la artesanía de Cataluña.

c) Actividades que tengan por objeto la mejora de la estructura artesanal en relación con la gestión empresarial y la formación. La actividad para la que se solicita la ayuda debe iniciarse antes del 31 de diciembre de 2006, y su duración no podrá ser superior a doce meses.

Beneficiarios

a) Empresas artesanas con domicilio social y/o domicilio fiscal en Cataluña. Las empresas deben estar en posesión del Carnet de Artesano vigente, dentro de la categoría de oficios artísticos.

b) Corporaciones locales y comarcales, y asociaciones de empresas artesanas. Las asociaciones de empresas artesanas deben estar dadas de alta en el Registro de Asociaciones.

Cuantía de las ayudas

La cuantía de las ayudas estará en función del proyecto o actividad.

Las presentes ayudas serán incompatibles con otras ayudas para la misma finalidad procedentes de cualquier administración o ente público o privado, nacional, de la Unión Europea o de organismos internacionales. En ningún caso el importe de las subvenciones que se puedan recibir por cualquier concepto puede superar el coste total de la actividad subvencionada.

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