Programa de Apoyo Empresarial a las Mujeres (PAEM)

Ayudas financieras para autónomos/as

03/08/2006

AV Asesores

  Primera convocatoria de ayudas financieras para autónomos en el año 2006

Finalidad

Promover y ayudar a financiar aquellos proyectos que faciliten a personas desempleadas su establecimiento como trabajadoras autónomas o trabajadores autónomos o por cuenta propia desarrollando proyectos empresariales o profesionales viables y de interés en el Principado de Asturias.

Modalidad

Subvención a fondo perdido.

Subvención de intereses.

Acciones subvencionables.Cuantía

Tipos de ayuda que contempla la convocatoria:

Ayudas financieras.

1.1 Subvención de intereses de préstamo.

1.2 Subvención a fondo perdido.

Ayudas para asistencia técnica.

1.- Ayudas financieras

1.1.- Subvención de intereses de préstamo.

Esta línea de ayuda tiene por objeto la bonificación de los intereses de préstamo que faciliten la disposición de recursos necesarios para financiar las inversiones requeridas para el establecimiento de las personas desempleadas como trabajadoras o trabajadores por cuenta propia.

Conceptos subvencionables:

A efectos del programa de ayudas financieras son inversiones subvencionables las inversiones en activos fijos material e inmaterial. No obstante, podrá subvencionarse en concepto de capital circulante inicial como máximo hasta una cuantía equivalente al 25% del importe del activo fijo subvencionable.

En aquellos casos en los que las inversiones se realicen mediante la compra de bienes usados deberán cumplirse los siguientes requisitos:

El vendedor del bien deberá facilitar una declaración sobre el origen de dicho bien, confirmando que durante los últimos siete años (bienes muebles) o diez años (bienes inmuebles) no se ha comprado con subvenciones públicas (anexo IX).

La transacción ha de tener lugar en condiciones de mercado.

En el caso de traspaso se tomará en consideración los costes de readquisición de los activos siempre que la transacción tenga lugar en condiciones de mercado. Se deducirán los activos para cuya adquisición se haya recibido una ayuda antes del traspaso.

Las cuantías abonadas en concepto de “fondo de comercio” no serán subvencionables.

En el sector transporte quedan excluidas las inversiones en activos móviles.

La aportación del beneficiario a la financiación de las inversiones subvencionables debe ser como mínimo del 25%.

Cuantía de la subvención financiera para reducción de intereses y requisitos que deberán cumplir los préstamos:

La subvención financiera para la reducción de los intereses de créditos para inversiones será, como máximo, de seis puntos del tipo de interés fijado por la entidad de crédito, pública o privada, que conceda el préstamo, pagadera de una sola vez, en cuantía calculada como si la subvención se devengase cada año de la duración del mismo, incluido el posible periodo de carencia. Esta subvención no podrá superar la cuantía de 3.010 euros.

Los préstamos para ser subvencionables deberán ser concedidos por aquellas sociedades de crédito que tengan suscrito un convenio en desarrollo de este programa y tendrán como destino la financiación de inversiones que creen o mantengan empleo estable mediante la realización de proyectos empresariales viables. La cuantía mínima del préstamo será de 3.010 euros.

Los mencionados convenios, a los que se dará adecuada publicidad, establecerán las condiciones de los préstamos y los requisitos que deberán cumplirse para su solicitud y posible concesión y la forma concreta de tramitación y aplicación de la subvención financiera.

1.2.- Ayudas financieras: Subvención a fondo perdido

Esta línea de ayuda tiene por<

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