Programa de Apoyo Empresarial a las Mujeres (PAEM)

Ayudas financieras para autónomos

09/10/2007

IDEPA

  01. Finalidad

Promover y ayudar a financiar aquellos proyectos que faciliten a personas desempleadas su establecimiento como trabajadoras autónomas o trabajadores autónomos o por cuenta propia desarrollando proyectos empresariales o profesionales viables y de interés en el Principado de Asturias.

02. Modalidad

Subvención a fondo perdido.

Subvención de intereses.

03. Tipos de ayuda que contempla la convocatoria:

Ayudas financieras.

1.1 Subvención de intereses de préstamo.

1.2 Subvención a fondo perdido.

Ayudas para asistencia técnica.

1.- Ayudas financieras

Conceptos subvencionables:

A efectos del programa de ayudas financieras son inversiones subvencionables las inversiones en activos fijos material e inmaterial. No obstante, podrá subvencionarse en concepto de capital circulante inicial como máximo hasta una cuantía equivalente al 25% del importe del activo fijo subvencionable.

En aquellos casos en los que las inversiones se realicen mediante la compra de bienes usados deberán cumplirse algunos requisitos

En el caso de traspaso se tomará en consideración los costes de readquisición de los activos siempre que la transacción tenga lugar en condiciones de mercado. Se deducirán los activos para cuya adquisición se haya recibido una ayuda antes del traspaso.

Las cuantías abonadas en concepto de “fondo de comercio” no serán subvencionables.

En el sector transporte quedan excluidas las inversiones en activos móviles.

La aportación del beneficiario a la financiación de las inversiones subvencionables debe ser como mínimo del 25%.

Cuantía de la subvención financiera para reducción de intereses y requisitos que deberán cumplir los préstamos:

La subvención financiera para la reducción de los intereses de créditos para inversiones será, como máximo, de seis puntos del tipo de interés fijado por la entidad de crédito, pública o privada, que conceda el préstamo, pagadera de una sola vez, en cuantía calculada como si la subvención se devengase cada año de la duración del mismo, incluido el posible periodo de carencia. Esta subvención no podrá superar la cuantía de 3.010 euros. Los préstamos para ser subvencionables deberán ser concedidos por aquellas sociedades de crédito que tengan suscrito un convenio en desarrollo de este programa y tendrán como destino la financiación de inversiones que creen o mantengan empleo estable mediante la realización de proyectos empresariales viables. La cuantía mínima del préstamo será de 3.010 euros. Los mencionados convenios, a los que se dará adecuada publicidad, establecerán las condiciones de los préstamos y los requisitos que deberán cumplirse para su solicitud y posible concesión y la forma concreta de tramitación y aplicación de la subvención financiera.

1.2.- Subvención a fondo perdido

Esta línea de ayuda tiene por objeto garantizar unos ingresos mínimos durante el inicio de la actividad por cuenta propia.

Cuantía de la ayuda:

Subvención por una sola vez, hasta 3.010 euros, que contribuya a garantizar durante el inicio de actividad unos ingresos mínimos o renta de subsistencia.

Esta cuantía se verá incrementada hasta 601 euros cuando se trate de mujeres. Además se incrementará hasta otros 601 euros, por cada hijo o hija menor de tres años.

La subvención podrá incrementarse en una cuantía máxima de 1.202 euros cuando los proyectos destaquen por su especial interés: por aportar valor añadido a los procesos industriales, servicios avanzados a las empresas, realizar actividades directamente relacionadas con las nuevas tecnologías de la información, con el medio ambiente y la salud laboral.

2.- Ayudas para asistencia técnica

Podrán ser concedida

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