Programa de Apoyo Empresarial a las Mujeres (PAEM)

Ayudas empresas innovadoras de nueva creación

08/09/2006

AV Asesores

  Empresas innovadoras de nueva creación que cumplan las siguientes condiciones:

• Tener su domicilio social y fiscal y planta principal en el T.H. de Bizkaia

• Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social

• No haber iniciado su actividad con anterioridad al 01/01/2005

• Haber creado al menos 2 puestos de trabajo directos antes del 31/12/2006, habiendo creado al menos 1 en la fecha de solicitud

Empresas Beneficiarias

• La nueva empresa debe revestir forma jurídica de Sociedad Mercantil o Cooperativa con personalidad jurídica

Nuevas empresas innovadoras:

Se consideran innovadoras las nuevas empresas que incorporan elementos novedosos en productos, procesos o servicios.

1. Serán prioritarias las nuevas empresas de base tecnológica avanzada y/o intensivas en conocimiento.

2. También serán consideradas las nuevas empresas que incorporen productos procesos y servicios nuevos en el mercado de Bizkaia, con gran potencial de generación de riqueza.

Inversiones subvebcionables:

1. Proyecto de inversiones superior a 30.000 € que deberán estar realizadas entre el 1/01/2005 y el 31/12/2007, en los siguientes activos fijos nuevos: aplicaciones informáticas, instalaciones técnicas, maquinaria, utillaje, otras instalaciones y equipos para procesos de información.

2. Prima por constitución de la nueva empresa. Tendrán consideración de nueva empresa, las que no hayan iniciado su actividad con anterioridad al 1/01/2005.

3. Gastos de puesta en marcha de la empresa y gastos de campaña de lanzamiento. Serán computables los realizados entre el 1/01/2005 y el 31/12/ de 2006.

4. Gastos de asesoramiento de gestión empresarial de la metodología PREMIE. Se subvencionarán las actividades realizadas entre el 1/01/2006 y el 31/12/2007. Más información de la metodología PREMIE en: http://www.programapremie.net/

5. Renta por arrendamiento de local de negocio del periodo comprendido entre el 1/01/2006 y el 31/12/2006.

6. Gastos de asesoramiento de protección de propiedad intelectual y/o industrial y su registro, realizados entre el 1/01/2005 y el 31/12/2006.

7. Coste de contratación de un doctor/ra y/o tecnólogo/a que participe en la realización de proyectos de desarrollo tecnológico. Serán subvencionables las contrataciones efectuadas entre el 1/01/2005 y el 31 /12/2006.

• No serán subvencionables los impuestos que graven el hecho subvencionable.

Beneficios:

1. Proyecto de Inversiones: podrán acogerse a los préstamos participativos de la sociedad Seed Capital previo informe favorable de la sociedad BEAZ, S.A. El importe máximo de los préstamos será de 100.000 € y no excederá del 50% de la inversión. Para acceder, la empresa deberá haber sido apoyada en Sustatu Bideberri o Kide.

2. Prima por constitución: será como máximo 10.000 € y no excederá del 50% del capital social desembolsado.

3. Gastos de puesta en marcha y campaña de lanzamiento: subvención no reintegrable de hasta un 60% de los gastos, con un límite máximo de 12.000 € por empresa.

4. Gastos de asesoramiento (PREMIE): hasta el 60% de los gastos, con un límite por empresa de 6.000 €. La ayuda se abonará por anticipado.

5. Coste del alquiler: 50% del coste, hasta un máximo por ejercicio de 6.000 €.

6. Gastos de asesoramiento en protección de la propiedad intelectual y/o industrial y el registro se subvencionará en un 60% con un límite máximo de 12.000 € por empresa.

7. Contratación de doctores/as y/o tecnólogos/as se subvencionará en un 30% del coste de contratación con un límite máximo de 9.000 € por ejercicio.

La solicitud debidamente cumplimentada en todos sus términos, deberá presentarse a través de Internet, me

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