Ayudas empresas innovadoras de nueva creación
08/09/2006
AV Asesores
Empresas innovadoras de nueva creación que cumplan las siguientes condiciones:
• Tener su domicilio social y fiscal y planta principal en el T.H. de Bizkaia
• Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social
• No haber iniciado su actividad con anterioridad al 01/01/2005
• Haber creado al menos 2 puestos de trabajo directos antes del 31/12/2006, habiendo creado al
menos 1 en la fecha de solicitud
Empresas
Beneficiarias
• La nueva empresa debe revestir forma jurídica de Sociedad Mercantil o Cooperativa con
personalidad jurídica
Nuevas
empresas
innovadoras:
Se consideran innovadoras las nuevas empresas que incorporan elementos novedosos en productos,
procesos o servicios.
1. Serán prioritarias las nuevas empresas de base tecnológica avanzada y/o intensivas en
conocimiento.
2. También serán consideradas las nuevas empresas que incorporen productos procesos y
servicios nuevos en el mercado de Bizkaia, con gran potencial de generación de riqueza.
Inversiones subvebcionables:
1. Proyecto de inversiones superior a 30.000 € que deberán estar realizadas entre el 1/01/2005 y el
31/12/2007, en los siguientes activos fijos nuevos: aplicaciones informáticas, instalaciones técnicas,
maquinaria, utillaje, otras instalaciones y equipos para procesos de información.
2. Prima por constitución de la nueva empresa. Tendrán consideración de nueva empresa, las que no
hayan iniciado su actividad con anterioridad al 1/01/2005.
3. Gastos de puesta en marcha de la empresa y gastos de campaña de lanzamiento. Serán
computables los realizados entre el 1/01/2005 y el 31/12/ de 2006.
4. Gastos de asesoramiento de gestión empresarial de la metodología PREMIE.
Se subvencionarán las actividades realizadas entre el 1/01/2006 y el 31/12/2007.
Más información de la metodología PREMIE en: http://www.programapremie.net/
5. Renta por arrendamiento de local de negocio del periodo comprendido entre el 1/01/2006 y el
31/12/2006.
6. Gastos de asesoramiento de protección de propiedad intelectual y/o industrial y su registro,
realizados entre el 1/01/2005 y el 31/12/2006.
7. Coste de contratación de un doctor/ra y/o tecnólogo/a que participe en la realización de proyectos de
desarrollo tecnológico. Serán subvencionables las contrataciones efectuadas entre el 1/01/2005 y el
31 /12/2006.
• No serán subvencionables los impuestos que graven el hecho subvencionable.
Beneficios:
1. Proyecto de Inversiones: podrán acogerse a los préstamos participativos de la sociedad Seed
Capital previo informe favorable de la sociedad BEAZ, S.A. El importe máximo de los préstamos será
de 100.000 € y no excederá del 50% de la inversión. Para acceder, la empresa deberá haber sido
apoyada en Sustatu Bideberri o Kide.
2. Prima por constitución: será como máximo 10.000 € y no excederá del 50% del capital social
desembolsado.
3. Gastos de puesta en marcha y campaña de lanzamiento: subvención no reintegrable de hasta un
60% de los gastos, con un límite máximo de 12.000 € por empresa.
4. Gastos de asesoramiento (PREMIE): hasta el 60% de los gastos, con un límite por empresa de
6.000 €. La ayuda se abonará por anticipado.
5. Coste del alquiler: 50% del coste, hasta un máximo por ejercicio de 6.000 €.
6. Gastos de asesoramiento en protección de la propiedad intelectual y/o industrial y el registro se
subvencionará en un 60% con un límite máximo de 12.000 € por empresa.
7. Contratación de doctores/as y/o tecnólogos/as se subvencionará en un 30% del coste de
contratación con un límite máximo de 9.000 € por ejercicio.
La solicitud debidamente
cumplimentada en todos sus
términos, deberá presentarse a
través de Internet, me
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