Ayudas a empresas de artesanía 2005
01/03/2005
COCI Mallorca
Beneficiarios: Las microempresas artesanas. A los efectos de esta Resolución, se entienden como tales las empresas que tengan menos de 10 empleados ( media aritmética de los seis meses anteriores a la fecha de solicitud de subvención), con Documento de Calificación Artesanal (DCA), Maestros Artesanos con Carta de Maestro Artesano (CMA) i artesanos con Carta de Artesano (CA).
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: Hasta el 9 de marzo de 2005.
Tel.: 971.784268
Las actividades objeto de las solicitudes deberán realizarse en el período comprendido entre el 16 de noviembre de 2004 y el 15 de noviembre de 2005.
MATERIAS OBJETO DE LA SUBVENCIÓN Y CANTIDADES SUBVENCIONADAS: Financiación de las inversiones que tengan por finalidad:
a) Asistencia a cursos, cursillos y seminarios por parte del personal de la empresa artesana con Documento de Calificación Artesanal, que posea la Carta de Maestro Artesano (CMA), siempre que el temario se refiera a aspectos específicamente artesanos o que sea de aplicación a las empresas artesanas, limitada la asistencia a una persona por empresa.
Subvención de hasta un máximo de 2.000,00 €
b) Adquisición de inmovilizado siempre que suponga una mejora para el proceso de producción artesanal o suponga una mejora para la venta y comercialización del producto artesano, no computando el inmovilizado inmaterial.
Subvención del 30% de la inversión con un máximo de 24.000,00€.
No son subvencionables el inmovilizado inmaterial, la compra de locales ni los vehículos, aunque sí la maquinaria de segunda mano.
c) Asistencia, en calidad de expositor, a ferias de artesanía que se celebren fuera de la isla de residencia,
Subvención del 50% del coste del stand con un máximo de 3.000,00 €.
Se considerarán gastos subvencionables los siguientes: Espacio, instalaciones auxiliares, mobiliario ferial, decoración de los stands, transporte de mercaderías con medios externos a la empresa y estancia de una persona.
Si el transporte se realiza con medios propios un máximo de 900,00euros.
d) Edición de catálogos, folletos, campañas de publicidad en prensa, televisión, radio, vallas, etc. u otros medios de difusión de los productos de la empresa (queda excluida la edición de paginas web), siempre que se trate de productos nuevos y no simplemente reedición de los anteriores.
Subvención del 50 % para el conjunto de actividades, con un máximo de 3.000,00€
e) Organización y/o participación en exposiciones de productos artesanos bien sean de carácter individual o colectivo.
Subvención del 35% del total con un máximo de 6.000,00 euros.
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