Ayudas para la creación y desarrollo de franquicias
28/04/2006
AV Asesores
Las ayudas tendrán como finalidad la consolidación y expansión del sector regional de franquicias.
Beneficiarios
Pequeña y mediana empresa comercial o de servicios minoristas podrán disponer de ayudas para la creación de franquicias y la instalación de las tiendas pilotos, cuando cumpla las siguientes condiciones:
a) Realicen alguna de las actividades de cesión de franquicias incluidas en el Anexo II del Decreto 143/2004.
b) Dispongan o vayan a disponer de un establecimiento piloto que, en todo caso, obedecerá a los requerimientos del manual de tienda de la franquicia.
c) Se comprometan a inscribir la franquicia en el Registro de Franquiciadores de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Cuantía de las ayudas
Las ayudas para la creación y desarrollo de la franquicia consistirán en una subvención de hasta el 40% de la inversión, con un límite máximo global de 30.000 euros, teniendo la consideración de gastos elegibles los siguientes:
a) Gastos de constitución y primer establecimiento.
b) Gastos de confección del contrato de franquicia.
c) Gastos de diseño de la identidad e imagen corporativa.
d) Gastos de elaboración de los manuales de franquicia y de desarrollo del catálogo de productos y servicios.
Las ayudas para la instalación de la primera y segunda tienda piloto consistirán en una subvención de hasta el 40% del coste de instalación del establecimiento, con un límite máximo de 30.000 euros por tienda, teniendo la consideración de gastos elegibles los siguientes:
a) Las obras de reforma y adaptación del local.
b) La adquisición de mobiliario y equipamiento comerciales.
c) La adquisición de equipos y elementos de decoración, rotulación y señalización, iluminación, protección y seguridad.
d) La adquisición de equipamiento específico para la sala de ventas.
e) La adquisición de equipos informáticos de gestión y de terminales del punto de venta.
La ayuda para la instalación de la segunda tienda piloto estará condicionada a su implantación en una localidad distinta a la del primer establecimiento.
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