Programa de Apoyo Empresarial a las Mujeres (PAEM)

Ayudas autoempleo y empleo femenino

03/01/2007

AV Asesores

  El BOP Núm. 298, de 30 diciembre 2006 publica el convenio de fomento del autoempleo y empleo femenino en los municipios de la provincia de Zaragoza dentro del proyecto Equal Mosaico para el ejercicio 2007.

El objeto de la presente convocatoria será la concesión de ayudas para la creación de empresas promovidas por mujeres o creación de empresas que fomenten el empleo femenino favoreciendo la igualdad de oportunidades y la conciliación de la vida familiar y profesional, en ambos casos la actividad se desarrollará en los municipios de la Provincia de Zaragoza, excluida la capital.

Actuaciones subvencionables.

Serán subvencionables al amparo de esta convocatoria las siguientes actuaciones previas a la constitución de la empresa:

—Cualquier gasto relacionado con el asesoramiento legal y empresarial derivados de la constitución de la empresa.

—Proyectos técnicos de obra.

—Gastos de publicidad.

Actuaciones no subvencionables.

No serán objeto de esta convocatoria:

—Inmuebles, equipamientos, inversiones y alquileres de locales.

—Dentro de los gastos de publicidad no se subvencionarán asistencias a congresos, ferias y demás actividades como aperitivos, vino español, comidas y similares.

—Impuesto sobre el valor añadido (IVA).

Personas beneficiarias.

Podrán acogerse a esta convocatoria aquellas personas que se hayan establecido o se vayan a establecer como trabajadores autónomos desde el día 1 de enero de 2007 hasta el 31 de octubre del mismo año. Los proyectos empresariales deberán ser promovidos por mujeres y/o fomentar el empleo femenino favoreciendo la igualdad de oportunidades y la conciliación de la vida familiar y profesional, en los municipios de la provincia de Zaragoza, excluida la capital.

Se excluyen todo tipo de personalidad jurídica incluidas las sociedades civiles.

Cuantía de la subvención.

La cuantía a subvencionar dentro de la presente convocatoria será el importe de los gastos que acredite la persona beneficiaria mediante documento justificativo y en todo caso por un importe máximo de 6.000 euros, de conformidad con lo establecido en las normas tercera y cuarta de esta convocatoria.

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