Ayudas de apoyo a la consolidación y continuidad de la empresa familiar
08/06/2007
IDEPA
La Resolución de 17 de abril de 2007, del Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias (BOPA número 112 de 15 de mayo de 2007), contiene las bases reguladoras y la convocatoria para 2007 de las subvenciones a fondo perdido para apoyar los planes de sucesión en la empresa, que promueven la elaboración de Protocolos Familiares.
En los Protocolos Familiares se regulan las relaciones profesionales, económicas y familiares en la empresa con la finalidad de asegurar su continuidad a través de sucesivas generaciones familiares o de las Asesorías Externas para la profesionalización de la gestión de la empresa.
Las líneas de acción susceptibles de recibir subvención, cuyo asesoramiento deberá ser realizado por una consultora externa o profesionales de reconocido prestigio, deberán desarrollarse en el ámbito de las actuaciones que a continuación se indican:
1. Asistencia para sucesión de empresa familiar (protocolo familiar). Gastos subvencionables: Gastos de asesoramiento externo derivados de la elaboración de un Protocolo Familiar.
2. Asistencia para sucesión empresa familiar (profesionalización en la gestión). Gastos subvencionables: Asesoramiento externo para el diseño y ejecución de la profesionalización de las empresas familiares en los siguientes aspectos:
o Asesoramiento para la profesionalización en cuanto a las personas, con la incorporación de directivos no familiares.
o Asesoramiento para la búsqueda de socios financieros. Capital de sustitución, inversión destinada a ocupar el lugar de los accionistas, generalmente pasivos para dar un empuje a la empresa.
Cuantía de las ayudas:
1. Hasta el 50% en términos de subvención bruta de los costes elegibles es decir, antes de cualquier deducción en concepto de fiscalidad o de otras mercancías, sin que en ningún caso la subvención aprobada pueda superar el límite de 20.000 euros.
2. Estas subvenciones serán incompatibles con otras ayudas concedidas para el mismo proyecto o actuación.
3. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención, tanto objetivas como subjetivas, y en todo caso la obtención concurrente de otras aportaciones, podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión.
El plazo de solicitud termina el 30 de junio de 2007. Más información y tramitación en el Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias, IDEPA: Parque Tecnológico de Asturias
33420 Llanera. Tel.: 902 83 02 83.
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