Programa de Apoyo Empresarial a las Mujeres (PAEM)

Ayudas actividades de recuperación y valorización de aceites usados

27/12/2005

BOE

  El BOE de 23 de diciembre de 2005, publica la RESOLUCIÓN de 15 de diciembre de 2005, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se amplía el crédito de la convocatoria para la concesión de subvenciones por las actividades de recuperación y valorización de aceites usados en 2004.

Mediante Resolución de 1 de agosto de 2005 (BOE de 17 de agosto y corrección de errores de 23 de septiembre), se publicó la convocatoria para la concesión de subvenciones por las actividades de recuperación y valorización de aceites usados en 2004, conforme el punto dos del apartado séptimo de la Orden MAM/2191/2005, de 27 de junio, por la que se establecen sus bases reguladoras.

Las Comunidades Autónomas están remitiendo las correspondientes resoluciones mediante las que se conceden las subvenciones a las empresas que actúan dentro de su ámbito territorial, conforme el punto 5 del apartado séptimo de dichas bases reguladoras.

Asimismo disponen que si el importe total concedido por las Comunidades Autónomas supera el crédito presupuestario disponible en cada convocatoria, deberá reducirse aquél proporcionalmente para respetar dicho límite presupuestario, conforme su punto 2 del apartado cuarto y puntos 5 y 6 del séptimo.

Con la finalidad de adecuar la cantidad concedida por las Comunidades Autónomas al crédito presupuestario establecido en la actual convocatoria, se ha decidido la ampliación del crédito destinado a estas subvenciones.

En su virtud dispongo:

Apartado único.

La financiación de las subvenciones del apartado segundo de la Resolución de 1 de agosto de 2005, por la que se hace pública la convocatoria para la concesión de subvenciones por las actividades de recuperación y valorización de aceites usados en 2004, se amplía en 4.629.155,69 euros, por lo que junto a los 5.000.000 de euros, que establecía dicho apartado, la cuantía total con cargo a la aplicación presupuestaria 23.08.456B.750, «a comunidades autónomas», se eleva a nueve millones seiscientos veintinueve mil ciento cincuenta y cinco euros y sesenta y nueve céntimos (9.629.155,69 euros).

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