Programa de Apoyo Empresarial a las Mujeres (PAEM)

Ayudas para acciones de formación continua de trabajadores

14/09/2007

Boletín Oficial de Navarra

  El Boletín Oficial de Navarra de 20-8-2007 publica la convocatoria de subvenciones para la financiación de acciones de formación continua de trabajadores realizadas por empresas, mediante Planes de Formación Continua en las Empresas PYMES ubicadas en Navarra. Los Planes de Formación Continua tendrán como finalidad tanto la mejora de las competencias y cualificaciones como la actualización y especialización profesional de los trabajadores ocupados, cualquiera que sea el sector o rama de actividad en el que el trabajador preste sus servicios.

Las acciones de formación contenidas en los Planes de Formación Continua tendrán como finalidad contribuir a la adquisición de nuevos conocimientos y al reciclaje permanente para así lograr una mayor promoción e integración social de los trabajadores y una mayor competitividad de las empresas. Este objetivo se pretende alcanzar con el concurso y la responsabilidad compartida de la Administración y las PYMES.

Las acciones de formación incorporadas a los Planes de Formación se deberán ejecutar antes del 1 de diciembre del año para el que sean concedidas.

Beneficiarios:

Las empresas ubicadas en Navarra que tengan la consideración de PYME, en la definición contenida en la Recomendación de la Comisión de las Comunidades Europeas de 6 de mayo de 2003 y que reúnan los requisitos generales para ser beneficiarias que establece la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones. No podrán considerarse Entidades Beneficiarias las empresas de trabajo temporal, consultoras y entidades o centros de formación para su personal propio.

Trabajadores beneficiarios de las acciones formativas:

Podrán participar en las acciones de formación previstas en esta convocatoria y en los términos y condiciones que en ella se determinan, todos los trabajadores de las empresas señaladas en la Base anterior como entidades beneficiarias, ocupados por cualquiera de las modalidades de contratación laboral del Estatuto de los Trabajadores.

La entidad beneficiaria entregará a cada participante que haya realizado como mínimo el 70 por ciento de las horas de cada acción formativa, un diploma acreditativo de su realización en el que, como mínimo, se haga constar la denominación de la acción, los contenidos formativos, el periodo en que se ha desarrollado y las horas de formación recibidas.

El plazo de presentación de solicitudes para el año 2007 será de 30 días naturales, que comenzarán a contarse a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución en el BON.

Para más información se puede contactar con el Servicio Navarro de Empleo o consultar la RESOLUCION 2169/2007, de 2 de julio, en la página http://www.cfnavarra.es/bon/078/F0711205.htm

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