Se aprueba la Ley Orgánica para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres
16/03/2007
MTAS
Las Cortes Generales aprueban la Ley Orgánica para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres
La Ley hace efectivo el principio de igualdad de trato y la eliminación de toda discriminación contra la mujer.
Contempla un conjunto de medidas transversales en todos los órdenes de la vida política, jurídica y social.
Se reconoce el derecho a la conciliación de la vida personal y laboral y el fomento de una mayor corresponsabilidad entre mujeres y hombres en la asunción de las obligaciones familiares.
Establece la representación equilibrada entre mujeres y hombres en todos los ámbitos de las Administraciones Públicas y de los Consejos de Administración de las empresas.
Fija la composición equilibrada de hombres y mujeres en las listas electorales.
Las medidas laborales y de Seguridad Social son resultado del acuerdo básico al que se ha llegado con las centrales sindicales CCOO y UGT.
Se establece la integración del principio de igualdad en todos los objetivos y actuaciones de las políticas educativa, de salud, de acceso a las nuevas tecnologías, a los bienes y servicios, vivienda, cultura, deporte, creación artística y cooperación al desarrollo.
El Congreso de los Diputados, en sesión plenaria, ha aprobado hoy, sin ningún voto en contra, La Ley Orgánica para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres cuyo objeto es hacer efectivo el principio de igualdad de trato y la eliminación de toda discriminación contra la mujer en cualquier ámbito de la vida o actuación pública o privada.
La Ley, que viene apoyada mayoritariamente por el Senado, contó también con el voto favorable de las diputadas y diputados de todos los grupos parlamentarios a excepción de los representantes del PP que optaron por la abstención. Esta nueva Ley supone un avance histórico en la igualdad real entre mujeres y hombres en España al modificar todas las leyes estatales afectadas por la inclusión del principio de igualdad real. Asimismo contempla un conjunto de medidas de carácter transversal, en todos los órdenes de la vida política, jurídica y social, dirigidas a:
La actuación de los poderes públicos.
La política educativa y de salud.
La acción de los medios de comunicación públicos o privados
El acceso a las nuevas tecnologías y la sociedad de la información.
La política de desarrollo rural y de vivienda.
La política cultural, de creación artística, deporte y cooperación al desarrollo.
La contratación y la concesión de subvenciones públicas.
La política laboral, de empleo y de Seguridad Social.
La función pública y cuerpos y fuerzas de seguridad.
El acceso a los bienes y servicios.
La organización de la Administración General del Estado.
La eliminación de los obstáculos que impiden la igualdad efectiva entre mujeres y hombres es el principio constitucional que guía todo el contenido del texto, a través del cual se traspone la Directiva comunitaria 2002/73/CE, de igualdad de trato entre hombres y mujeres.
De esta transposición derivan la definición de discriminación directa e indirecta y de acoso sexual y acoso por razón de sexo, la protección de la maternidad, la posibilidad de poner en práctica acciones positivas y las especialidades de la protección jurisdiccional del derecho a la igualdad, incluidas las que facilitan la prueba de la discriminación.
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