Programa de Apoyo Empresarial a las Mujeres (PAEM)

Apoyo al Autoempleo

25/05/2006

AV Asesores

  Apoyo al Autoempleo.

Plazo: Altas entre 01/09/05-28/04/06 plazo desde 28/04/05-29/05/05.

Más información: Avda. Juan XXIII, 82 T.951.039.482 T.951.039.478

Actividades a desarrollar:

1. Los Nuevos Yacimientos de Empleo, siendo prioritarias:

a) Servicios a la vida diaria, prioritariamente de atención a la dependencia.

b) Fomento de actividades culturales y de ocio en el ámbito rural.

c) Servicios relacionados con el medio ambiente.

d) Servicios complementarios vinculados a la mejora de la calidad de vida.

2. Servicios vinculados al mantenimiento, reparación y acondicionamiento de instalaciones.

3. Actividades vinculadas al sector industrial, audiovisual, y sector de nuevas tecnologías de la información y la comunicación.

�� Ayuda al inicio de la actividad.

Dirigido a:

1) Personas hasta 30 años. Cumplir alguno de los siguientes requisitos:

a) Ser usuarias de los Servicios de Andalucía Orienta y que en su itinerario de inserción se contemple la posibilidad del autoempleo como medida de fomento.

b) Personas que hayan participado y superado Programas de Formación Profesional Ocupacional, Formación Profesional Reglada o Formación Continua, en materias relacionadas con la actividad a desarrollar, siempre que hayan sido impartidos u homologados por algún Servicio Público de Empleo o las Administraciones Educativas.

c) Personas que hayan participado y superado Programas de Escuelas Taller o Casas de Oficio, siempre que la labor realizada en ellos está directamente relacionada con la actividad a desarrollar.

Ayuda: mujeres: hasta 6.011€, jóvenes: hasta 4.508€.

2. Mujeres entre 30-45 años inclusive. Requisito: currículo profesional en relación con la actividad a desarrollar y acreditada por los Servicios de Andalucía Orienta, las Oficinas de Empleo o, en su caso, las Administraciones Educativas.

Ayuda: mujeres: hasta 6.011€.

3. Personas paradas de larga duración mayores de 45 años.

Ayuda: 3.006 €.

Requisito: currículo profesional en relación con la actividad a desarrollar y acreditada por los Servicios de Andalucía Orienta, las Oficinas de Empleo o, en su caso, las Administraciones Educativas.

4. Aquellas que hayan participado en un Taller de Empleo y esté relacionada con la actividad a desarrollar.

Ayuda: 3.006 €.

5. Personas que concurra alguna de las siguientes características: Ayuda: 3.006 €.

a) con discapacidad (=>33%).

b) inmigrantes.

c) pertenecientes a minorías étnicas.

d) perceptoras del Programa de Solidaridad (Decreto 2/99).

e) con problemas de drogadicción o alcoholismo que se encuentren en proceso de rehabilitación o reinserción social.

f) Personas internas de centros penitenciarios cuya situación penitenciaria les permita iniciar una actividad como autónomo.

g) Personas liberadas condicionales y ex reclusas.

6. Personas que provenga de expedientes de regulación de empleo.

Ayuda: 3.006 €.

Requisitos: Que el mismo día o el anterior a su alta en el Censo de Obligados Tributarios se encuentren inscritos como desempleadas en el SAE. A la fecha de la presentación de la solicitud de ayuda, estén dadas de alta en el Censo de Obligados Tributarios y en el RETA o aquel que le corresponda. Que el domicilio radique en Andalucía. Que la actividad tenga carácter estable, se realice a tiempo completo y no se compatibilice con cualquier otra actividad por cuenta ajena.

�� Ayuda a la/s primera/s contratación/es de carácter indefinido, o transformaciones de contratos de duración determinada en indefinido que realice de forma simultánea el autónomo/a.

Dirigido a: Mujeres, preferentemente aquellas víctimas d

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