IAM
Este Real Decreto auna en un único texto normativo las normas modificadas, las que mantienen su vigencia y las necesarias para la correcta aplicación de la Ley de Igualdad. También incorpora novedades que en materia de maternidad y paternidad se incluyen en la Ley de Presupuestos Generales para 2009.
Entre otras regulaciones se establece que los autónomos podrán percibir las prestaciones de maternidad y paternidad en régimen parcial, lo cual permite disfrutar el permiso media jornada, pudiendo desarrollar la actividad empresarial la otra media jornada, y se amplía la cobertura del permiso de paternidad en algunos casos- 20 días cuando el nacimiento, adopción o acogimiento se produzca en familia numerosa o haya una persona con discapacidad- y permite a la mujer lactante cambiar de puesto de trabajo si hay riesgo para el bebe.
También se contempla que la personas que ejerzan la tutela de un familiar que no puedan adoptar, también podrán disfrutar de las prestaciones por maternidad o paternidad (Por ejemplo en casos de abuelos o tíos que tienen la tutela de nietos o sobrinos)
El Real Decreto regula la prestación de riesgo durante el embarazo como contingencia profesional, elimina el requisito de cotización previa e incrementa su cuantía hasta el 100% de la base reguladora. En las mismas condiciones se habilita la prestación de riesgo durante la lactancia.