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Descripción:
La ORDEN 9218/2013, de 8 de noviembre, por la que se modifica la ORDEN 7825/2013, de 17 de octubre, de la Consejera de Empleo, Turismo y Cultura, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a trabajadores autónomos o por cuenta propia y pequeñas empresas de la Comunidad de Madrid que reciban formación en especialidades digitales o inglés TIC, o implementen comercio “online”.
AMPLIADO plazo de solicitud: hasta el 2 de diciembre de 2013.
AMPLIADO plazo de ejecución de las acciones objeto de subvención: deben finalizarse antes del 20 de diciembre de 2013.
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¿QUÉ SE SUBVENCIONA?
• La formación en especialidades digitales (marketing en buscadores: SEO y SEM).
• La formación en inglés en tecnologías de la información y la comunicación (TIC).
• La implementación y desarrollo del comercio electrónico online.
¿QUIÉNES PUEDEN SOLICITAR LAS AYUDAS?
• Los trabajadores autónomos
• Los profesionales de alta en la Mutualidad del Colegio Profesional que corresponda siempre que el alta suponga ejercicio de actividad.
• Las pequeñas empresas. A estos efectos se consideran pequeñas empresas las personas jurídicas que ocupan hasta 50 trabajadores y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 10 millones de euros, a fecha de presentación de solicitud en cada convocatoria.
¿EN QUÉ PERÍODO DEBEN REALIZARSE LAS ACCIONES QUE SE SUBVENCIONAN?
• Deben iniciarse: entre 1 de septiembre y el 2 de diciembre de 2013.
• Deben finalizarse: antes del día 20 de diciembre de 2013.
¿CUÁL ES EL IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN?
La cuantía de la subvención ascenderá al 90 % del coste de la totalidad de los servicios recibidos, I.V.A. excluido, con un límite de 3.000 euros.
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