Programa de Apoyo Empresarial a las Mujeres (PAEM)

Actualizada la exención para el kilometraje y las dietas

16/12/2005

Global Publisher

  El Ministerio de Economía y Hacienda ha revisado las cuantías exceptuadas de gravamen correspondientes a las asignaciones para gastos de locomoción, manutención y estancia (Orden EHA/3771/2005, de 2 de diciembre, por la que se revisa la cuantía de los gastos de locomoción y de las dietas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas; BOE 3.12.05).

En cuanto a los gastos de locomoción, cuando el empleado se desplace fuera del centro de trabajo para realizar sus funciones estará exento el importe del gasto que se justifique mediante factura si utiliza transporte público, ó 0,19 euros por kilómetro recorrido si utiliza su propio coche (hasta ahora era 0,17), más los gastos de peaje y aparcamiento justificados. En ambos casos es necesario que se justifique la realidad del desplazamiento.

Respecto a los gastos de manutención, cuando el trabajador pernocte fuera de su domicilio en territorio nacional, están exentos 53,34 euros por día (antes 52,29 euros). No hay ninguna actualización en el importe de 91,35 euros si el trabajador pernocta en el extranjero. Si el trabajador no pasa la noche fuera, la cantidad anterior queda fijada en 26,67 euros (antes 26,14 euros).

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